En el recurso contencioso-administrativo número 555/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Conguitos, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de abril de 1993 y 10 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 11 de abril de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Conguitos, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 10 de marzo de 1994, confirmatoria en reposición de la de 15 de abril de 1993, que concedió el registro de la marca 551.846 "Cornitos", debemos declarar y declaramos que dichas resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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