En aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.º.1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se hace público que se ha practicado el día 10 de septiembre de 1996, la inscripción número 380 en el Libro Registro de esta Dirección General de Minas, correspondiente a la petición presentada por las respectivas representaciones de las entidades «Río Tinto Minera, Sociedad Anónima» y «Prerreducidos Integrados del Suroeste de España, Sociedad Anónima» (PRESUR), sobre propuesta para la declaración de zona de reserva provisional a favor del Estado, para recursos minerales de paladio, osmio, rodio e iridio; así como el resto de los minerales asociados al grupo del platino, en el área que se denominará «La Monaguera II», comprendida en las provincias de Badajoz, Huelva y Sevilla, y cuyo perímetro definido por coordenadas geográficas es el que figura en el Real Decreto 1375/1995, de 28 de julio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 214, de fecha 7 de septiembre de 1995.
Madrid, 17 de septiembre de 1996.-La Directora general, Paloma Sendín de Cáceres.
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