De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia número 28 de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 13 de enero de 1996, que es firme, recaída en el recurso número 1.919/1991 y sus acumulados 885/1991, 826/1991 y 827/1991, interpuestos por doña Paloma Boix Fucho, doña Paloma Noemi García López, doña María Carmen Martín Carballido y doña Consuelo López Luna, contra la Resolución de 20 de marzo de 1991 del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid por la que se nombraban funcionarios de carrera de la Escala Administrativa por el turno de promoción interna, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos los presentes recursos acumulados números 1.919/1991, 885/1991, 826/1991 y 827/1991, interpuestos por doña Paloma Boix Fucho, doña Paloma Noemi García López, doña María Carmen Martín Carballido y doña Consuelo López Luna contra la Resolución de 20 de marzo de 1991 del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid por la que se nombraban funcionarios de carrera de la Escala Administrativa por el turno de promoción interna («Boletín Oficial del Estado» de 19 de abril) en la convocatoria de 16 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de diciembre), resolución que se anula, así como todas las que deriven de la lista provisional de aprobados en la fase de oposición, retrotrayéndose las actuaciones de este momento, para que se realicen otra vez con estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, que regulan la puntuación.
Igualmente se procederá al abono de la primera, tercera y cuarta recurrentes de indemnización de daños y perjuicios derivados de los actos recurridos y que se acreditarán en período de ejecución de la sentencia.
No se hace expresa imposición de las costas procesales de este recurso.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Madrid, 11 de septiembre de 1996.-El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.
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