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Documento BOE-A-1996-22096

Resolución de 9 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener incoado expediente para la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural con categoría de monumento iglesia de San Miguel, en Corullón (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 5 de octubre de 1996, páginas 29849 a 29850 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1996-22096

TEXTO ORIGINAL

La iglesia de San Miguel, en Corullón (León), fue declarada monumento histórico-artístico por Decreto de 3 de junio de 1931 («Gaceta» del 4).

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado por la declaración.

Vista la propuesta del Servicio de Conservación,

Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; en el Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; en el Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente para delimitar el entorno de protección del bien de interés cultural, como monumento, a favor de la iglesia de San Miguel, en Corullón (León), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Corullón (León) que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra en el entorno delimitado sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o, si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 9 de septiembre de 1996.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección de la iglesia de San Miguel, en Corullón (León)

Descripción

Obra del siglo XII, construida con lajas y sillajero de pizarra mezclados con mampostería y sillares de granito y caliza para elementos más nobles.

Consta de una sola nave y ábside semicircular.

En el muro sur destaca su portada principal, con arquivoltas decoradas con billetes y baquetones que apoyan en dos columnas, con capiteles y tímpano liso.

Sobre la portada se desarrollan cuatro arcos ciegos y columnados con representaciones bestiarias y humanas, en capiteles y enjutas. En este muro se abren en lo alto dos ventanas mediante arcos de medio punto que apoyan en columnas con capiteles decorados con trenzas y cabezas humanas.

Al exterior, el ábside se divide en tres calles de igual anchura, mediante sendos contrafuertes.

Destaca la representación de canecillos con temas figurativos.

Delimitación del entorno de protección

Límite norte: Comenzando en el vértice noreste de la parcela 7 de la manzana 91.726, una línea que sigue el límite norte de la misma, cruza la parcela 6 y recorre el límite norte de la parcela 3 de la misma manzana, cruzando la carretera de Villafranca y continuando hasta una distancia de 20 metros, perpendicular a ella, desde este punto toma la dirección paralela a la fachada del monumento, hasta encontrar el límite oeste.

Límite oeste: La línea trazada desde el vértice sur de la parcela 9, con frente a la carretera de Corullón a Villafranca (vértice suroeste de la delimitación), en dirección del lindero suroeste de la misma, hasta alcanzar el límite norte.

Límite sur: Desde el vértice suroeste de la delimitación, una línea que recorre los linderos sur de las parcelas 9, 8 y 7, con frente a la carretera Corullón-Villafranca y los linderos sur de las parcelas 3 y 4, colindantes de las anteriores, así como el de la parcela 18 de la manzana 91.726.

Límite este: Desde el punto anterior, una línea que recorre los linderos este de las parcelas 18, 17, 16, 14, 13, 12, 11 y 7, punto de origen del límite norte.

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