Visto el expediente sobre extinción de autorización por cese de actividades del centro de Formación Profesional de primer grado «Academia Climent», sito en la avenida Jaime I el Conquistador, 9, de Murcia; iniciado conforme a lo establecido en los artículos 15 y 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-La extinción de la autorización por cese de actividades, con efectos desde el inicio del curso escolar 1996/1997, del centro de Formación Profesional de primer grado «Academia Climent», sito en la avenida Jaime I el Conquistador, 9, de Murcia.
Segundo.-La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 6 de septiembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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