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Documento BOE-A-1996-22283

Resolución de 5 de octubre de 1996, del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se hace público el programa de premios para el sorteo extraordinario que se ha de celebrar el día 12 de octubre de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 1996, páginas 30258 a 30259 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-22283

TEXTO ORIGINAL

EXTRAORDINARIO EUROPEO

El próximo sorteo de la Lotería Nacional, que se realizará por el sistema moderno, tendrá lugar el día 12 de octubre de 1996, a las diecinueve cuarenta horas, en el salón de sorteos, sito en la calle Guzmán el Bueno, 137, de Madrid, en una primera parte en la que se procederá a extraer los premios correspondientes a las extracciones de dos, tres, cuatro cifras y al segundo premio. A las veinte horas (veintiuna horas de Chipre) se procederá a la extracción del primer premio y premio especial europeo al décimo, en el Teatro Municipal de Nicosia (Chipre). A continuación, en el mismo salón de sorteos de Madrid, se procederá a la extracción de los dos reintegros especiales.

El salón de sorteos de Madrid estará conectado directamente con el de Nicosia (Chipre), con objeto de que pueda seguirse el desarrollo de las extracciones que se realicen en el mismo.

Este sorteo constará de diez series de 100.000 billetes cada una, al precio de 10.000 pesetas el billete, divididos en décimos de 1.000 pesetas, distribuyéndose 613.393.200 pesetas en 35.531 premios de cada serie.

Los billetes irán numerados del 00000 al 99999.

Premios / Pesetas /

Premios al décimo

1 / premio especial «Europeo» de 2.500.000 ECUs para una sola fracción de uno de los billetes del número y país a que corresponda. /

1 / premio especial de 492.000.000 de pesetas para una sola fracción de uno de los billetes agraciados con el premio primero. /

1 / premio especial de 198.000.000 de pesetas para una sola fracción de uno de los billetes agraciados con el premio segundo. /

Premios por serie

1 / de 80.000.000 de pesetas (una extracción de 5 cifras) / 80.000.000

1 / de 20.000.000 de pesetas (una extracción de 5 cifras) / 20.000.000

30 / de 250.000 pesetas (tres extracciones de 4 cifras). / 7.500.000

1.200 / de 50.000 pesetas (doce extracciones de 3 cifras). / 60.000.000

3.000 / de 20.000 pesetas (tres extracciones de 2 cifras) / 60.000.000

2 / aproximaciones de 1.750.000 pesetas cada una para los números anterior y posterior al del que obtenga el premio primero / 3.500.000

2 / aproximaciones de 1.376.600 pesetas cada una para los números anterior y posterior al del que obtenga el premio segundo / 2.753.200

99 / premios de 100.000 pesetas cada uno para los 99 números restantes de la centena del premio primero / 9.900.000

99 / premios de 100.000 pesetas cada uno para los 99 números restantes de la centena del premio segundo / 9.900.000

99 / premios de 100.000 pesetas cada uno para los billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio primero / 9.900.000

999 / premios de 50.000 pesetas cada uno para los billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio primero / 49.950.000

9.999 / reintegros de 10.000 pesetas cada uno para los billetes cuya última cifra sea igual a la del que obtenga el premio primero / 99.990.000

10.000 / reintegros de 10.000 pesetas cada uno para los billetes cuya última cifra sea igual a la que se obtenga en la primera extracción especial de una cifra / 100.000.000

10.000 / reintegros de 10.000 pesetas cada uno para los billetes cuya última cifra sea igual a la que se obtenga en la segunda extracción especial de una cifra / 100.000.000 /

35.531 / 613.393.200

Sorteo en Madrid

En la primera parte del sorteo a celebrar en Madrid se procederá a la extracción de los premios de dos, tres y cuatro cifras. A continuación se realizará la extracción del número correspondiente al segundo premio de 20.000.000 de pesetas y al premio especial de 198.000.000 de pesetas para una sola fracción de uno de los diez billetes agraciados con este segundo premio.

Ha de tenerse en cuenta que si en cualquiera de las extracciones la bola representativa de la fracción o de la serie fuera el 0, se entenderá que corresponde a la 10.ª

Para la ejecución de este sorteo se utilizarán, como mínimo, cinco bombos, que, de izquierda a derecha, representan las decenas de millar, unidades de millar, centenas, decenas y unidades. Cada uno de ellos contendrá diez bolas numeradas del 0 al 9.

El quinto bombo contendrá tantas bolas como número de series se hayan emitido.

Para la adjudicación de los premios entrarán en juego en cada extracción, tantos bombos como se requieran para obtener la combinación numérica prevista.

Se utilizarán dos bombos para la determinación de los premios de 20.000 pesetas, que se adjudicarán, respectivamente, a aquellos billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las de los números extraídos. Tres bombos para los premios de 50.000 pesetas, que se adjudicarán, respectivamente, a los billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las de los números obtenidos. Cuatro bombos para los premios de 250.000 pesetas que, respectivamente, se adjudicarán a aquellos billetes cuyas cuatro últimas cifras coincidan en orden y numeración con las de las bolas extraídas.

Sorteo en Nicosia (Chipre)

Para la ejecución de este sorteo se utilizarán cinco bombos que, de izquierda a derecha, representan: Las decenas de millar, unidades de millar, centenas, decenas y unidades. Cada uno de ellos contendrá diez bolas numeradas del 0 al 9. La adjudicación del primer premio del sorteo se realizará mediante extracción simultánea de una bola de cada uno de aquéllos. Este premio será común para todos los países participantes.

Premio especial «Europeo»

Una vez extraído el número agraciado con el primer premio y común para todos los países se procederá a extraer, igualmente en Nicosia, el premio europeo de 2.500.000 ECUs, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de la Lotería Europea 1990 «A.E.L.E.».

En el caso de que este premio europeo recaiga en España se acumulará el premio especial al décimo correspondiente al número agraciado con el primer premio a que se hace referencia en el apartado anterior.

Para la realización de dicho sorteo se introducirán en un solo bombo 160 bolas debidamente identificadas, y en proporcionalidad a la contribución en su financiación por los países participantes en este sorteo: Bélgica, Chipre, España, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal y Suiza.

Se extraerá una bola del citado bombo, cuya identificación indicará el país a que corresponda el premio europeo.

Si correspondiera a España se procederá a extraer de un solo bombo, que contiene el mismo número de bolas que de series (10 bolas del número 1 al 10), una sola bola que designará la serie; seguidamente se extraerá de un solo bombo, que contiene 10 bolas numeradas del 1 al 10, una sola bola que representa la fracción a la que corresponderá el citado premio europeo.

A continuación, en el supuesto de no haber correspondido a España el premio europeo, se procederá a extraer en el salón de sorteos de Madrid la fracción y la serie a que corresponde el premio especial de 492.000.000 de pesetas.

De los números formados por las extracciones de cinco cifras correspondientes a los premios primero y segundo se derivarán las aproximaciones y las centenas, como asimismo del premio primero, las terminaciones y el reintegro correspondientes.

Con respecto a las aproximaciones señaladas para los números anterior y posterior de los premios primero y segundo se entenderá que si saliese premiado, en cualquiera de ellos, el número 00000, su anterior es el 99999 y el siguiente el 00001. Asimismo, si el agraciado fuese el 99999, su anterior es el 99998 y el 00000 será el siguiente.

Para la aplicación de los premios de centena se entenderá que si cualquiera de los premios primero o segundo correspondiera, por ejemplo, al número 25, se considerarán agraciados los 99 números restantes de la misma, es decir, desde el 00 al 24 y desde el 26 al 99.

Tendrán derecho a premio de 100.000 pesetas los billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del número que obtenga el premio primero; a premio de 50.000 pesetas, aquellos billetes cuyas dos últimas cifras coincidan, en orden y numeración, con las del que obtenga dicho primer premio y, finalmente, tendrán derecho al reintegro de su precio cada uno de los billetes cuya cifra final sea igual a la última cifra del número agraciado con el repetido primer premio.

De los premios de centenas, terminaciones y reintegros ha de entenderse que quedan exceptuados los números de los que, respectivamente, se deriven, agraciados con los premios primero o segundo.

Por último de uno de los bombos, previa introducción de las bolas numeradas del 0 al 9, con excepción de la coincidente con la cifra final del primer premio, agraciada ya con el reintegro correspondiente, se realizarán las dos extracciones precisas, de una bola cada una, para determinar las cifras de los reintegros especiales previstos en el programa, depositando cada vez en su caja la bola extraída, para asegurar la no acumulación de los reintegros en la misma cifra.

El sorteo se efectuará con las solemnidades previstas en la instrucción del ramo. En la propia forma se hará después un sorteo especial para adjudicar la subvención a uno de los establecimientos benéficos de la población donde se celebre el sorteo. Dicho sorteo especial quedará aplazado si en el momento de la celebración del que se anuncia se desconocen los establecimientos que puedan tener derecho a la mencionada subvención.

Estos actos serán públicos, y los concurrentes interesados en el sorteo tendrán derecho, con la venia del Presidente, a hacer observaciones sobre dudas que tengan respecto a las operaciones del mismo.

Efectuado el sorteo se expondrán al público la lista oficial de las extracciones realizadas y la lista acumulada ordenada por terminaciones.

Pago de premios

Los premios inferiores a 5.000.000 de pesetas por billete podrán cobrarse en cualquier Administración de Loterías.

Los iguales o superiores a dicha cifra se cobrarán, necesariamente, a través de las oficinas bancarias autorizadas, directamente por el interesado o a través de Bancos o Cajas de Ahorro, y en presencia del Administrador expendedor del billete premiado.

Los premios serán hechos efectivos en cuanto sea conocido el resultado del sorteo a que correspondan y sin más demora que la precisa para practicar la correspondiente liquidación y la que exija la provisión de fondos cuando no alcancen los que en la Administración pagadora existan disponibles.

Madrid, 5 de octubre de 1996.-La Directora general, P. S. (artículo 1.º del Real Decreto 1651/1995, de 13 de octubre), el Gerente de la Lotería Nacional, Manuel Trufero Rodríguez.

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