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Documento BOE-A-1996-22455

Resolución de 25 de septiembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad del Protocolo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autonóma del Principado de Asturias de fecha 23 de mayo de 1995, sobre un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 11 de octubre de 1996, páginas 30598 a 30599 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-22455

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con fecha 23 de mayo de 1995, un Protocolo al Convenio de colaboración sobre un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado», del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 25 de septiembre de 1996.-El Secretario general Técnico, Julio Sánchez Fierro.

En Madrid, a 30 de julio de 1996.

PROTOCOLO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS, DE FECHA 23 DE MAYO DE 1995, SOBRE UN PROGRAMA DENOMINADO «BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER»

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director general del Instituto de la Juventud, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y

De otra parte, la ilustrísima señora doña Victoria Rodríguez Escudero, Consejera de Cultura y el ilustrísimo señor don Juan José Tielve Cuervo, Consejero de Fomento del Principado de Asturias, en cuya representación actúan.

CONSIDERANDO

Que con fecha 23 de mayo de 1995 se firmó un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y el Principado de Asturias para, conjuntamente, promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que a tal fin se puso en marcha el programa «Bolsa de vivienda joven en alquiler» para ser ofrecido a los jóvenes, proporcionando unos servicios que faciliten un alquiler basado en precios sociales y garantizando ventajas económicas, jurídicas y técnicas, tanto para los propietarios como para los jóvenes arrendatarios.

Que en la estipulación quinta del referido Convenio de colaboración se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará a finales de 1995 o principios de 1996, un Protocolo entre las instituciones firmantes del Convenio, en el que se establecerán las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones de cada una de las partes, todo ello aplicable al año 1996.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio antedicho, las partes en el mismo acuerda suscribir el presente Protocolo, según el tenor de la siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación primera del Convenio suscrito entre las dos partes el 23 de mayo de 1995.

Segunda.-El Instituto de la Juventud se compromete a hacer una aportación económica de 24.950.000 pesetas de su presupuesto de 1996, y cuyo destino será la cobertura de los seguros de Multirriesgo y Caución, la realización de los cursos de formación, el asesoramiento, la gestión técnica y el seguimiento del programa.

Esta cantidad es global para todas y cada una de las Comunidades Autónomas que estén incorporadas al programa «Bolsa de vivienda joven en alquiler».

Igualmente, el Instituto de la Juventud asume el compromiso de ampliar su aportación económica hasta un máximo de 5.000.000 de pesetas, en el supuesto de que el crédito económico anteriormente mencionado, fuese insuficiente para atender la cobertura de los seguros de Multirriesgo y Caución de la totalidad de los pisos gestionados desde este programa durante 1996.

Tercera.-Las Consejerías de Cultura y de Fomento de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias mantendrán a disposición del programa, que seguirá teniendo la estructura establecida en el ordinal tercero de la cláusula segunda del Convenio suscrito entre las partes el 23 de mayo de 1995, los locales situados en la calle Cabo Noval, número 9, segundo, de Oviedo, y calle Cabrales, número 39, de Gijón, con el personal y material pertinentes.

Cuarta.-La distribución pormenorizada de las aportaciones de ambas Instituciones es como sigue:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo a la aplicación presupuestaria 27.208.323A.226.10, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar hasta un máximo de 9.000.000 de pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será 6.950 pesetas.

2. La cobertura del seguro de Caución hasta un máximo de 9.500.000 pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será, como máximo, el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del programa hasta un máximo de 6.450.000 pesetas.

Total de su aportación: 24.950.000 pesetas.

II. Las Direcciones Regionales de Deportes y Juventud y de la Vivienda, correrá directamente con los gastos que se produzcan por:

1. Personal necesario para el programa: 9.668.848 pesetas.

2. Gastos de local: 885.780 pesetas.

3. Material y publicidad: 1.800.000 pesetas.

4. Otros: 470.000 pesetas.

Total de su aportación: 12.824.628 pesetas.

Quinta.-El presente protocolo estará vigente durante todo el año 1996.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo anterior, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fecha expresados, en dos ejemplares que hacen fe.

Por el Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-Por el Principado de Asturias, María Victoria Rodríguez Escudero, Juan José Tielve Cuervo.

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