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En el recurso contencioso-administrativo número 677/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Bosé Distco B.V. contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de octubre de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 24 de febrero de 1993, se ha dictado, con fecha 29 de septiembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte disposiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Ungría López, en representación de la entidad Bosé Distco B.V., contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 15 de octubre de 1991, confirmada en reposición por la de 24 de febrero de 1993, que denegó la inscripción de la marca internacional número 533.704 "Interaudio" para amparar productos de la clase 9 del Nomenclátor, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas y acordando, en consecuencia, la inscripción de la marca internacional número 533.704 "Interaudio", para los productos reivindicados de la clase 9.ª del Nomenclátor.
Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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