La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 19 de febrero de 1993, en el recurso contencioso-administrativo número 4.056/1989, interpuesto por don José Naya Varela, contra el acto desestimatorio del Consejo de Ministros de la reclamación pidiendo indemnización de daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de su jubilación anticipada, en aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Naya Varela contra la denegación de su petición de ser indemnizado como consecuencia de la jubilación forzosa. Sin costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 12 de septiembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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