Vista la petición interesada por la empresa «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Espronceda, números 176-180, 08018 Barcelona, en solicitud de la aprobación de modelo de una célula de carga, marca «Utilcell», modelo 120, fabricada y comercializada por «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima».
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, con referencia 95005661,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el cual se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988 por la que se aprueba la norma metrológica de células de carga, ha resuelto:
Primero.-Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», de una célula de carga marca «Utilcell», modelo 120.
Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:
M.029
02
96-02.02
Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:
Símbolo de clasificación:
C4 4.
Clase de precisión:
C.
Número máximo de escalones, n:
4.000.
Dirección de carga:
Flexión.
Alcance máximo, E:
7,5 kilogramos; 10 kilogramos; 15 kilogramos; 20 kilogramos,
y 30 kilogramos.
Carga muerta mínima, E:
0 kilogramos.
Escalón de verificación mínimo, v:
0,9 E/n.
Límites de temperatura:
-10 ºC a 40 ºC.
Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a la que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Quinto.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de la esta aprobación de modelo, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción de la presente Resolución, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 11 de julio de 1996.-El Director general, Albert Sabala i Durán.
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