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Documento BOE-A-1996-22787

Resolución de 1 de octubre de 1996, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se conceden subvenciones destinadas a la utilización de grandes instalaciones y otros recursos científicos de carácter específico en el marco del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 16 de octubre de 1996, páginas 30974 a 30974 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-22787

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 28 de marzo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril), se convocaba la concesión de subvenciones para la utilización de grandes instalaciones y otros recursos científicos de carácter específico, con cargo al Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

De conformidad con la mencionada Resolución, se ha reunido la Comisión de Selección que ha elevado la correspondiente propuesta de financiación recogida en la suya por la Subdirectora general de Promoción de la Investigación que hace constar que las solicitudes propuestas para subvención cumplen todos los requisitos exigidos en la convocatoria en cuanto a evaluación y demás condiciones.

En consecuencia, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por la citada Resolución de convocatoria, ha resuelto:

Primero.-Conceder dos subvenciones, por importe total de 550.000 pesetas, a los organismos relacionados en el anexo I de la presente Resolución destinadas a financiar la utilización de recursos científicos de carácter específico por los investigadores que en el mismo se indican.

La cuantía de la subvención se abonará con cargo al crédito 18.08.782 del programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado para 1996.

Los perceptores de las subvenciones, sujetos a fiscalización del Tribunal de Cuentas, deberán remitir, en el plazo de tres meses, certificación de incorporación a su contabilidad presupuestaria de los fondos recibidos. Los organismos perceptores no sujetos a la referida fiscalización, deberán justificar documentalmente la utilización de la subvención en los fines para los que fue concedida, en el plazo de tres meses a contar desde la finalización de las actividades subvencionadas.

La estancia será justificada mediante la presentación de una memoria de resultados en el plazo máximo de tres meses siguientes a la fecha de finalización de la misma, de acuerdo con el punto 9 de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Denegar las dos solicitudes relacionadas en el anexo II, por no haber alcanzado, en el proceso de selección, el orden de prioridad impuesto por las disponibilidades económicas del programa.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa.

Madrid, 1 de octubre de 1996.-El Director general, Alfonso Fernández-Miranda y Campoamor.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Promoción del Conocimiento.

ANEXO I

Utilización de grandes instalaciones y otros recursos científicos de carácter específico propuestos para su concesión (convocatoria de 28 de marzo de 1995)

Subvención total

concedida

-

Pesetas / Número

campañas / Referencia / Apellidos y nombre / Centro

Universidad Complutense de Madrid

UR1995-0125 / 01 / Benedet Álvarez, María Jesús / Facultad de Psicología / 250.000

Universidad de Barcelona

UR1995-0140 / 01 / Estalella Boadella, Robert / División III, Facultad de Física / 300.000

ANEXO II

Utilización de grandes instalaciones y otros recursos científicos de carácter específico propuestos para su denegación (convocatoria de 28 de marzo de 1995)

Número

campañas / Referencia / Investigador responsable / Centro

Universidad de Barcelona

UR1995-0128-01 / 01 / García Jordán, Pilar / División I, Facultad de Geografía e Historia.

Universidad de Sevilla

UR1995-0145-01 / 01 / Munduate Jaca, Lourdes / Facultad de Psicología.

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