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Documento BOE-A-1996-22994

Orden de 20 de septiembre de 1996 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Música «Albéniz», de Lorca (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18 de octubre de 1996, páginas 31253 a 31254 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-22994

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Meca García, como titular del centro privado «Albéniz», de Lorca (Murcia), en el que solicita autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de grado elemental de Música, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música.

Denominación específica: «Albéniz».

Titular: Antonio Meca García.

Domicilio: Avenida de Portugal, 18.

Localidad: Lorca.

Municipio: Lorca.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas que se autorizan: Piano, Violín, Viola, Violoncello, Flauta travesera, Clarinete, Trompa, Trompeta, Guitarra, Saxofón, Acordeón y Percusión.

Número de puestos escolares: 90.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio Profesional de Música de Murcia.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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