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Documento BOE-A-1996-22999

Orden de 17 de septiembre de 1996 por la que se modifica el concierto educativo del centro privado «Centro Cultural Salmantino», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18 de octubre de 1996, páginas 31255 a 31255 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-22999

TEXTO ORIGINAL

El centro de Formación Profesional «Centro Cultural Salmantino», sito en calle Pajares, número 6, y avenida de la Albufera, número 60, de Madrid, tiene concierto educativo para siete unidades de Formación Profesional (cinco unidades de la rama de Servicios en primer grado y dos unidades de la rama Administrativa-Delineación en segundo grado), según lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26), por la que se resuelve la modificación de los conciertos educativos de los centros docentes para el curso académico 1996-1997.

Teniendo en cuenta la solicitud de la titularidad del citado centro de sustituir en una o dos unidades el concierto de Formación Profesional de primer grado por ciclos formativos de Grado Medio;

Considerando, asimismo, lo establecido en las Órdenes de 28 de diciembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero) y 24 de julio de 1996 («Boletín oficial del Estado» de 3 de mayo).

Visto el informe del Servicio de Inspección de Educación de la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Madrid, favorable a la sustitución de una unidad de Formación Profesional de primer grado por una unidad para impartir el ciclo formativo de grado medio: Gestión Administrativa,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito en Formación Profesional de primer grado por el centro docente «Centro Cultural Salmantino», sito en calle Puerta de Pajares, número 6, y avenida de la Albufera, número 60, de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para el curso académico 1996-1997, para cinco unidades de la rama de Servicios, para las enseñanzas y cursos que se detallan a continuación:

Una unidad para el ciclo formativo de grado medio: Gestión Administrativa, de la transformación de una unidad de primer curso de la Profesión Administrativa.

Dos unidades para primer curso de la profesión Administrativa.

Dos unidades para segundo curso de la profesión Administrativa, con el fin de que finalicen sus estudios los alumnos matriculados.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Ciencia notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Madrid y por el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1996-1997.

Quinto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente resolución agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la resolución, previa comunicación a este departamento.

Madrid, 17 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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