De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1, a), de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la Sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 7 de febrero de 1996, que es firme, recaída en el recurso número 842/1993, interpuesto por don Julio Fernández Fernández, pidiendo se le conceda el nivel correspondiente a los cargos desempeñados; siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Julio Fernández Fernández, pidiendo que se le conceda el nivel correspondiente a los cargos desempeñados, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones ajustadas a derecho; sin hacer expresa imposición de las costas del recurso.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76, e), de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Madrid, 1 de octubre de 1996.-El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.
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