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Documento BOE-A-1996-23294

Acuerdo de 8 de octubre de 1996, de la mesa del Senado, referente a la convocatoria de doce becas-colaboración entre postgraduados para desarrollar táreas de colaboración archivística, documental y bibliotecaria, relacionadas con la actividad parlamentaria del Senado.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 1996, páginas 31575 a 31576 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1996-23294

TEXTO ORIGINAL

La Mesa del Senado, en sesión del 8 de octubre de 1996, acordó convocar doce becas-colaboración entre postgraduados para desarrollar tareas de colaboración archivística, documental y bibliotecaria, relacionadas con la actividad parlamentaria del Senado, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera. Objeto.-El Senado convoca doce becas individuales para realizar los trabajos o estudios de carácter archivístico, bibliotecario y documental relacionados con la actividad parlamentaria y con la documentación obrante en la Cámara, que encomiende la Dirección de Estudios y Documentación. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Senado.

Segunda. Duración y cuantía.-1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses y su cuantía total será de 1.250.000 pesetas brutas, que se percibirán prorrateadas al finalizar cada mes. El Senado contratará un seguro de accidentes y de protección médica, en los términos de las condiciones generales de admisibilidad de esta clase de seguros, para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 1997 y serán improrrogables; además serán incompatibles con cualquier otra beca concedida para el mismo período o con cualquier clase de trabajo remunerado. No podrán participar en la convocatoria quienes ya hayan disfrutado de becas similares en el Senado, cualquiera que hubiere sido el tiempo de disfrute de las mismas.

2. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Cámara.

Tercera. Jurado.-1. Las becas se concederán por la Mesa del Senado, a propuesta de un Jurado integrado por el Presidente de la Cámara o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; un Secretario de la Mesa, el Secretario general o, por delegación, el Secretario general adjunto; el Director de Estudios y Documentación y un funcionario del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios, que actuará como Secretario. De las deliberaciones se levantará acta con los acuerdos del jurado y la firma del Secretario con el visto bueno del Presidente.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Jurado se reunirá para examinarlas y elevar la propuesta correspondiente a la Mesa.

3. La concesión de las becas se propondrá por el Jurado por mayoría de votos y se otorgarán por la Mesa, igualmente, por mayoría de votos, pero también podrán declararse desiertas. El Jurado propondrá, asimismo, doce suplentes para el caso de renuncia de los adjudicatarios.

Cuarta. Solicitantes.-1. Pueden solicitar la concesión de beca los diplomados en Biblioteconomía y Documentación y los licenciados universitarios españoles siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de obtención del título académico y que acrediten preparación teórico-práctica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales. La preparación teórico-práctica mínima que deberá acreditarse será la de haber cursado estudios relativos a las materias indicadas durante doscientas horas lectivas.

2. Además se valorarán como méritos el expediente académico, el conocimiento de idiomas, el tratamiento informático de la documentación y la experiencia práctica en tareas similares. A tal efecto, los solicitantes alegarán pormenorizadamente estos méritos y se comprometerán a acreditarlos documentalmente antes de ser propuestos como becarios.

3. El Jurado encargado de la selección podrá acordar las pruebas o entrevistas que considere pertinentes para determinar el nivel de conocimientos, experiencia o idoneidad de los candidatos.

Quinta. Solicitudes.-Los solicitantes de las becas deberán presentar una instancia dirigida al Secretario general del Senado en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro de la Dirección de Gobierno Interior del Senado (plaza de la Marina Española, 8, segunda planta, Palacio del Senado, 28071 Madrid), en horario de lunes a viernes, entre las nueve treinta y las trece horas, acompañada de fotocopia del documento nacional de identidad, dos fotografías recientes de tamaño carné y el currículum vitae expresado en el formulario que se publica con la presente convocatoria como anejo único.

Sexta. Obligaciones del becario.-1. El becario que acepte la beca que se le conceda se obliga a realizar a partir del 1 de enero de 1997 los trabajos de formación práctica que se le encomienden en cualquiera de las unidades documentales que señale la Dirección de Estudios y Documentación del Senado. A tal efecto la Dirección de Estudios y Documentación, atendiendo a la formación y experiencia del becario y a las necesidades del tratamiento documental, archivístico o bibliotecario de la Cámara, determinará la dependencia en que el becario desarrollará su colaboración con las condiciones de lugar y tiempo pertinentes, siempre con un número mínimo de veinticinco horas semanales de prestaciones.

2. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, además de otras responsabilidades que resultaren exigibles.

3. Igualmente, el Senado se reserva el derecho de suspender la beca en el supuesto de que el becario no realizara las tareas para su formación práctica en condiciones satisfactorias.

Palacio del Senado, 16 de octubre de 1996.-El Presidente del Senado, BARRERO VALVERDE

Convocatoria de becas-colaboración de Documentalistas del Senado

para 1997

Currículum vitae del solicitante

1. Apellidos y nombre:

2. Dirección y teléfono de contacto:

3. Licenciatura en

4. Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación

5. Fecha de obtención del título

6. Estudios de carácter archivístico, bibliotecario o documental:

Número de horas

lectivas

a) /

b) /

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e) /

f) /

7. Expediente académico:

a) Aprobados o aptos

b) Notables

c) Sobresalientes

d) Matrículas de honor

Número total de materias cursadas en la Diplomatura o Licenciatura

8. Idiomas:

lee / traduce / habla

a) / / /

b) / / /

c) / / /

d) / / /

9. Experiencia práctica en tareas similares:

Número de días

a) /

b) /

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d) /

e) /

10. Conocimientos informáticos aplicados a la documentación Archivística o Biblioteconomía:

a)

b)

c)

d)

11. Experiencia en Documentación, Archivo o Biblioteca. Señálela por su orden

12. Otras consideraciones de interés:

El abajo firmante declara que todos los datos reseñados son correctos y pueden ser justificados documentalmente.

(Lugar, fecha y firma.)

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