Concurso
Se convoca concurso público, para otorgamiento de autorizaciones de pesca de coral en zonas protegidas, para las zonas de Alborán, Baleares y Cataluña, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1212/1984, de 8 de junio, en la Orden Ministerial de 15 de marzo de 1985 y en la Resolución de 10 de abril de 1985, de la Secretaría General de Pesca Marítima, exceptuándose la modalidad de embarcaciones con artes coraleros.
Impresos de solicitud
Para acudir al concurso se utilizarán los impresos de solicitud que serán facilitados en la Dirección General de Recursos Pesqueros, calle José Ortega y Gasset, 57, Madrid, y en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conjuntamente con los pliegos de prescripciones.
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes para acudir al concurso, con la documentación que corresponda, se dirigirán al Secretario General de Pesca Marítima y se presentarán en el Registro General de la Secretaría General de Pesca Marítima, calle José Ortega y Gasset, 57, Madrid, o en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de cuarenta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Documentación
La documentación deberá presentarse en la forma que se determina en el pliego de cláusulas administrativas.
Apertura de sobres
La apertura de sobres se llevará a cabo, públicamente, por la Mesa de Adjudicación, a las diez horas, del cuarto día hábil, contados a partir del día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes para acudir al concurso, en la Secretaría General de Pesca Marítima.
Adjudicaciones
La mesa de adjudicación, tras la apertura de sobres, se retirará a deliberar, elevará propuesta de resolución al ilustrísimo señor Director general de Recursos Pesqueros, quien resolverá la concesión de las autorizaciones, la relación por orden de preferencia de las solicitudes y consecuentemente de los seleccionados.
Entrega de autorizaciones
La resolución del concurso se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo los interesados retirar la documentación acreditativa de la autorización, en la Dirección General de Recursos Pesqueros.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución expresa, se entenderá desestimada.
Contra la Resolución podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes ante el Director general de Recursos Pesqueros o ante la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, según el artículo 116 de la supradicha Ley 30/1992.
Los plazos que se establecen en la presente Resolución se empezarán a contar a partir del día siguiente hábil al de su publicación.
Madrid, 30 de septiembre de 1996.-El Director general de Recursos Pesqueros, José Ramón Barañano.
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