Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 9 de julio de 1996, por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/61/1994, promovido por don Zósimo de Gregorio Álvarez, contra resolución expresa de este Ministerio por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Zósimo de Gregorio Álvarez, contra la Resolución de 9 de julio de 1992, del Ministerio de Sanidad y Consumo, a que estas actuaciones se contraen, que se anula por no ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 27 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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