Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 23 de marzo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.440/1992, promovido por don Guillermo Robledo Fraga, sobre denegación de indemnización de servicio en la Comunidad Económica Europea; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Salvador González, en representación de don Guillermo Robledo Fraga, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de octubre de 1992, por la que se denegaba al recurrente la solicitud de abono de indemnización por razón del servicio y la Resolución de 26 de febrero de 1993, del mismo organismo, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 8 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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