Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 9 de julio de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.516/1994, promovido por don Juan Manuel Ureña Castellanos, sobre diferencias retributivas de nivel de puesto de trabajo; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Manuel Ureña Castellanos, contra la Resolución de fecha 3 de marzo de 1994, de la Presidencia del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, que denegó su solicitud de percibir el complemento de destino correspondiente a su grado personal, debemos anular y anulamos la citada Resolución por ser contraria al ordenamiento jurídico, reconociendo el derecho del actor a percibir el complemento de destino del nivel 18, desde el 1 de junio de 1988, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a satisfacer al recurrente las correspondientes diferencias retributivas entre esa fecha y el 31 de enero de 1990; sin hacer imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 8 de octubre de 1996.-La Ministra.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Planificación y Desarrollo Rural.
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