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Documento BOE-A-1996-23892

Real Decreto 2233/1996, de 11 de octubre, por el que se crean varias escuelas de Educación Infantil, promovidas por la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 1996, páginas 32514 a 32515 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-23892

TEXTO ORIGINAL

La Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Educación y Cultura, ha promovido la creación de escuelas de Educación Infantil al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; del artículo 2.º, apartado 3, c), del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, y del artículo 19 del Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de Cooperación de las Corporaciones Locales con el Ministerio de Educación y Ciencia.

Las citadas escuelas se encuentran incluidas en las previsiones de la programación educativa efectuadas para las zonas en las que se ubican, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Se ha verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, y se ha suscrito el correspondiente convenio regulador del régimen económico y de funcionamiento de las escuelas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.º, apartado 3, c) del Reglamento Orgánico antes citado.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a iniciativa de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de octubre de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Se crean las escuelas de Educación Infantil que se describen en el anexo que se acompaña al presente Real Decreto.

La capacidad máxima de las unidades del primer ciclo en funcionamiento, en cada momento, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, se determinan en los artículos 10.b y 13.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Artículo 2.

Las escuelas de Educación Infantil a que se refiere este Real Decreto se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero; el Real Decreto 377/1993, de 12 de marzo, y Órdenes de 1 de abril de 1993 y 21 de marzo de 1994, en cuanto a la admisión de alumnos; el Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de Cooperación de las Corporaciones Locales con el Ministerio de Educación y Ciencia, y, especialmente, por el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura y la Comunidad de Madrid, en cuanto al régimen económico y de funcionamiento de las escuelas.

Artículo 3.

Las escuelas que por este Real Decreto se crean, implantarán las enseñanzas del primero y/o segundo ciclos de Educación Infantil, con efectos del próximo curso escolar.

Artículo 4.

Las modificaciones de los elementos identificadores de las escuelas de Educación Infantil que se crean por este Real Decreto, tal como quedan definidos en el anexo, deberán ser autorizadas por Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 11 de octubre de 1996.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

ANEXO

1. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «La Cañada de Ardoz».

Titular: Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Domicilio: Calle Cañada, número 30.

Localidad: Torrejón de Ardoz.

Municipio: Torrejón de Ardoz.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 58 puestos escolares.

2. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «Cascanueces».

Titular: La Comunidad de Madrid.

Domicilio: Calle Arquitectos, sin número.

Localidad: Getafe.

Municipio: Getafe.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cuatro unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 56 puestos escolares.

3. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «La Cigüeña María».

Titular: Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.

Domicilio: Avenida de España, número 229.

Localidad: Las Rozas de Madrid.

Municipio: Las Rozas de Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 75 puestos escolares.

4. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «Los Cuentos».

Titular: Comunidad de Madrid.

Domicilio: Calle José Caballero, número 2.

Localidad: Alcalá de Henares.

Municipio: Alcalá de Henares.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 58 puestos escolares.

5. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «El Cuquillo».

Titular: Ayuntamiento de Alcobendas.

Domicilio: Paseo de la Chopera, número 118.

Localidad: Alcobendas.

Municipio: Alcobendas.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 71 puestos escolares.

6. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «La Chopera».

Titular: Ayuntamiento de Alcobendas.

Domicilio: Calle Pintor Velázquez, número 36.

Localidad: Alcobendas.

Municipio: Alcobendas.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Seis unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 57 puestos escolares.

7. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «La Foresta».

Titular: Comunidad de Madrid.

Domicilio: Sector Foresta.

Localidad: Tres Cantos.

Municipio: Tres Cantos.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 55 puestos escolares.

8. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «El Juglar».

Titular: Comunidad de Madrid.

Domicilio: Calle Alonso Cano, número 8.

Localidad: Móstoles.

Municipio: Móstoles.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cinco unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 58 puestos escolares.

9. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «Momo».

Titular: Ayuntamiento de Parla.

Domicilio: Calle San Blas, sin número.

Localidad: Parla.

Municipio: Parla.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Siete unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 64 puestos escolares.

10. Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: «El Naranjo».

Titular: Comunidad de Madrid.

Domicilio: Paseo de Riazor, sin número.

Localidad: Fuenlabrada.

Municipio: Fuenlabrada.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, primero y segundo ciclos.

Capacidad:

Primer ciclo: Cuatro unidades.

Segundo ciclo: Tres unidades y 75 puestos escolares.

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