Vista la instancia suscrita por el Notario de Bilbao don Alfonso Rentería Arocena, en la que al amparo de los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial, solicita se la declare en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 17 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957, y en el artículo tercero, e), del Real Decreto 1882/1996, de 2 de agosto, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva y demás efectos.
Madrid, 10 de octubre de 1996.-El Director general, Luis María Cabello de los Cobos y Mancha.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Bilbao.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid