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Visto el expediente de indulto de don José Luis Vázquez Colomina, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid, en sentencia de fecha 13 de junio de 1991, como autor de un delito de falsedad de documento mercantil, a la pena de diez meses de prisión menor y multa de 50.000 pesetas y un delito de falsedad de documento privado, a la pena de diez meses de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de octubre de 1996,
Vengo en conmutar a don José Luis Vázquez Colomina las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por otra de veinte días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 10.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 4 de octubre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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