Visto el expediente de indulto de don Marcelo Perea Rey con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 8 de septiembre de 1994, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid, de fecha 24 de marzo de 1994, como autor de un delito de abandono de familia, a la pena de cuatro meses de arresto mayor y multa de 200.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1991 y 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de octubre de 1996,
Vengo en indultar a don Marcelo Perea Rey la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que satisfaga la multa e indemnizaciones civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 11 de octubre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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