Por Orden de 21 de marzo de 1994 se acordó revocar la autorización administrativa concedida a la entidad denominada «Día del Haber del Montepío del Cuerpo Pericial de Aduanas» (en liquidación) para efectuar operaciones de previsión social de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1.b) de la derogada Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado.
Ultimada la liquidación, la Subdirección General de Inspección solicita la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras al amparo de lo dispuesto en el artículo 27.5 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Declarar la extinción y subsiguiente cancelación en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados de la entidad «Día del Haber del Montepío del Cuerpo Pericial de Aduanas» (en liquidación).
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 4 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilmo. Sr. Director General de Seguros.
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