En el recurso contencioso-administrativo número 1.214/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ciba Geigy, Sociedad Anónima» contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 16 de noviembre de 1992 y 24 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 27 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador don Enrique Sorribes Torra, en nombre y representación de la entidad "Ciba Geigy, Sociedad Anónima" contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 16 de noviembre de 1992, que denegó la inscripción de la marca internacional número 398.016 "Apron", y la de fecha 24 de enero de 1994, que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos que dichas resoluciones son ajustadas a Derecho; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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