En el recurso contencioso-administrativo número 704/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por «Caja Navarra de Seguros, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 4 de marzo de 1991 y 14 de diciembre de 1992, se ha dictado, con fecha 3 de noviembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso interpuesto por la representación de «Caja Navarra de Seguros, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija», contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 14 de diciembre de 1992, desestimatorias de sendos recursos de reposición interpuestos frente a otras tantas resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial, mediante las que se denegó la inscripción, en la clase 36, de las marcas número 1.263.409 "Caja Navarra de Seguros" y número 1.263.413 "Caja Navarra" para amparar "servicios de seguros"; declarando ajustadas a derecho dichas resoluciones, sin especial imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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