Vista la petición interesada por la entidad «Campesa, Sociedad Anónima» (avenida Can Sucarrats, sin número, P. I. Cova Solera, 08191 Rubí), en solicitud de aprobación CE de modelo de una báscula electrónica modelo BCA con las marcas comerciales «Dina», «Micra», «Ariso», «Pibernat» y «Defor»,
Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Primero.-Autorizar a favor de la entidad «Campesa, Sociedad Anónima», la aprobación CE de modelo de una báscula electrónica modelo BCA con las marcas comerciales «Dina», «Micra», «Ariso», «Pibernat» y «Defor».
Segundo.-Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, electrónico, monorango y monoescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:
Clase de precisión bIII .
Número de escalones de verificación n « n = 3000.
Ma 3 kg « Max « 20 t
x
Min 20 e
e » 1 g
T - Max
Tercero.-Esta aprobación de modelo tiene validez hasta el 25 de julio de 2006.
Cuarto.-Las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales figuran en el certificado de aprobación CE de modelo número E-96.02.03 y su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en nuestra Dirección con el número de referencia 8/95.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de que puedan hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 25 de julio de 1996.-El Director general de Consumo y Seguridad Industrial, Albert Sabala i Durán.
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