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Documento BOE-A-1996-25655

Real Decreto 2368/1996, de 18 de noviembre, de dotación y constitución de plazas de Magistrados y Juzgados correspondiente a la programación de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 1996, páginas 34917 a 34921 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-25655
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/11/18/2368

TEXTO ORIGINAL

La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, estableció la planta de Juzgados y Tribunales, cuya plena instauración no ha sido aún alcanzada. La adecuada atención a las necesidades persistentes y la consecución de una infraestructura idónea en el ámbito judicial hacen necesaria la continuidad del desarrollo de dicha planta.

Con este objetivo, el presente Real Decreto contiene la programación correspondiente al actual ejercicio presupuestario, ajustado a los créditos disponibles y atendiendo las prioridades expuestas por el Consejo General del Poder Judicial en las relaciones de necesidades presentadas al Gobierno en los años 1995 y 1996.

En su virtud, con informe del Consejo General del Poder Judicial y de las Comunidades Autónomas afectadas, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de noviembre de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Creación por encima de la planta prevista en la Ley de Demarcación y Planta Judicial.

1. Se crean las plazas de Magistrado en las Audiencias Provinciales que a continuación se señalan:

a) Una para la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Granada.

b) Una para la Audiencia Provincial de Huelva.

c) Una para la Audiencia Provincial de Huesca.

d) Una para la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo.

e) Una para la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

f) Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

g) Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz.

h) Una para la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de La Coruña.

i) Tres para la Audiencia Provincial de Madrid:

Una para la Sección Undécima.

Una para la Sección Duodécima.

Una para la Sección Decimocuarta.

j) Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia.

k) Una para la Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz.

l) Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bilbao.

2. Se crean los Juzgados que a continuación se señalan:

a) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Número 3 de Roquetas de Mar.

Número 3 de El Ejido.

Número 2 de Puerto Real.

Número 2 de Santa Fe.

Número 6 de Torremolinos.

Número 5 de Arrecife.

Número 2 de Villarcayo.

Número 10 de Tarragona.

Número 4 de San Vicente del Raspeig.

Número 3 de Mislata.

Número 3 de Ribeira.

Número 9 de Móstoles.

Número 5 de Majadahonda.

b) Juzgados de Vigilancia Penitenciaria:

Número 6 de Andalucía, con sede en Huelva.

Artículo 2. Dotación de plazas de Magistrado en Audiencias Provinciales.

Se dotan plazas de Magistrado en las Audiencias Provinciales que a continuación se señalan:

a) Cuatro para la Audiencia Provincial de Barcelona:

Una para la Sección Cuarta.

Una para la Sección Duodécima.

Una para la Sección Decimotercera.

Una para la Sección Decimoquinta.

b) Tres para la Audiencia Provincial de Barcelona.

Artículo 3. Creación y composición de nuevas Secciones en Audiencias Provinciales:

1. Con las plazas dotadas en el apartado 1, párrafos b) y k), del artículo 1, y en el párrafo b) del artículo 2, se crean las siguientes Secciones:

a) La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva.

b) La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz.

c) La Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Barcelona.

2. La composición de las Secciones a que se refiere el apartado anterior será de un Presidente y dos Magistrados.

Artículo 4. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de nueva constitución.

Se constituyen los siguientes Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Número 3 de La Línea de la Concepción.

Número 7 de Albacete.

Número 7 de Granollers.

Número 3 de Moncada.

Artículo 5. Inicio de actividades y entrada en funcionamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, las fechas de efectividad e inicio de actividades de las plazas de Magistrado y Secciones de las Audiencias Provinciales, así como la de entrada en funcionamiento de los Juzgados constituidos, serán fijadas por la Ministra de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 6. Plantillas orgánicas.

Las plantillas orgánicas de secretarios judiciales, oficiales, auxiliares y agentes de los órganos de nueva creación y constitución serán aprobadas con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento orgánico de los Cuerpos de Secretarios Judiciales y de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, respectivamente.

Disposición adicional única. Modificación de anexos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial; los anexos V, VI, IX y X de la misma quedan modificados en la forma en que se expresa en los anexos de este Real Decreto.

Disposición final primera. Habilitación a la Ministra de Justicia.

Se faculta a la Ministra de Justicia para adoptar en el ámbito de su competencia cuantas medidas exija la ejecución del presente Real Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 18 de noviembre de 1996.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

ANEXO V

Audiencias Provinciales

Provincia / Magistrados

Andalucía

Almería / 6

Cádiz / 16

Córdoba / 10

Granada / 13

Huelva / 6

Jaén / 7

Málaga / 19

Sevilla / 23

100

Aragón

Huesca / 4

Teruel / 3

Zaragoza / 15

22

Principado de Asturias

Oviedo / 19

19

Canarias

Las Palmas / 15

Santa Cruz de Tenerife / 10

25

Castilla-La Mancha

Albacete / 6

Ciudad Real / 7

Cuenca / 3

Guadalajara / 3

Toledo / 6

25

Extremadura

Badajoz / 7

Cáceres / 6

13 Galicia

La Coruña / 17

Lugo / 6

Orense / 6

Pontevedra / 13

42

Comunidad de Madrid

Madrid / 74

74

Región de Murcia

Murcia / 13

13

País Vasco

Bilbao / 16

Donostia-San Sebastián / 9

Vitoria-Gasteiz / 6

31

ANEXO VI

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Partido

judicial

número / Primera

Instancia / Instrucción / Primera Instancia e Instrucción / Provincia

Andalucía

Almería. / 1 / - / - / 9

2 / - / - / 2

3 / - / - / 2

4 / - / - / 2

5 / - / - / 3

6 / - / - / 1

7 / - / - / 3

8 / - / - / 1

Total / 23

Cádiz. / 1 / - / - / 3

2 / - / - / 3

3 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

4 / - / - / 9

5 / - / - / 2

6 / - / - / 3

7 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

8 / - / - / 3

9 / - / - / 3. Servidos por Magistrados.

10 / - / - / 3

11 / - / - / 2

12 / - / - / 5. Servidos por Magistrados.

13 / - / - / 2

14 / - / - / 1

15 / - / - / 1

Total / 52

Granada. / 1 / - / - / 2

2 / - / - / 2

3 / 12 / 8 / -

4 / - / - / 5. Servidos por Magistrados.

5 / - / - / 2

6 / - / - / 2

7 / - / - / 2

8 / - / - / 1

9 / - / - / 2

Total / 38

Málaga. / 1 / - / - / 3

2 / - / - / 3

3 / 15 / 13 / -

4 / - / - / 3

5 / - / - / 7. Servidos por Magistrados.

6 / - / - / 9. Servidos por Magistrados.

7 / - / - / 3

8 / - / - / 4. Servidos por Magistrados.

9 / - / - / 2

10 / - / - / 1

11 / - / - / 1

12 / - / - / 6

Total / 70

Canarias

Las Palmas. / 1 / - / - / 5

2 / 12 / 7 / -

3 / - / - / 2

4 / - / - / 2

5 / - / - / 6

6 / - / - / 8

7 / - / - / 2

Total / 44

Castilla y León

Burgos. / 1 / - / - / 9

2 / - / - / 2

3 / - / - / 2

4 / - / - / 2

5 / - / - / 1

6 / - / - / 1

7 / - / - / 1

Total / 18

Cataluña

Tarragona. / 1 / - / - / 4

2 / - / - / 7. Servidos por Magistrados.

3 / - / - / 2

4 / - / - / 2

5 / - / - / 1

6 / - / - / 10

7 / - / - / 4

8 / - / - / 1

Total / 31

Comunidad

Valenciana

Alicante. / 1 / - / - / 5

2 / - / - / 3

3 / 9 / 7 / -

4 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

5 / - / - / 2

6 / - / - / 4

7 / - / - / 2

8 / - / - / 10. Servidos por Magistrados.

9 / - / - / 9

10 / - / - / 4

11 / - / - / 2

12 / - / - / 1

Total / 64

Valencia. / 1 / - / - / 4

2 / - / - / 6

3 / - / - / 2

4 / - / - / 5

5 / - / - / 3

6 / 24 / 19 / -

7 / - / - / 3

8 / - / - / 7

9 / - / - / 3

10 / - / - / 3

11 / - / - / 2

12 / - / - / 3

13 / - / - / 3

14 / - / - / 4

15 / - / - / 3

16 / - / - / 3

17 / - / - / 2

18 / - / - / 2

Total / 101

Galicia

A Coruña. / 1 / - / - / 3

2 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

3 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

4 / 9 / 6 / -

5 / - / - / 2

6 / - / - / 2

7 / - / - / 2

8 / - / - / 1

9 / - / - / 1

10 / - / - / 3

11 / - / - / 1

12 / - / - / 1

13 / - / - / 2

14 / - / - / 1

Total / 46

Comunidad

de Madrid

Madrid. / 1 / - / - / 1

2 / - / - / 4

3 / - / - / 2

4 / - / - / 9. Servidos por Magistrados.

5 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

6 / - / - / 9. Servidos por Magistrados.

7 / - / - / 2

8 / - / - / 3

9 / - / - / 8. Servidos por Magistrados.

10 / - / - / 6. Servidos por Magistrados.

11 / 70 / 52 / -

12 / - / - / 5. Servidos por Magistrados.

13 / - / - / 4

14 / - / - / 3

15 / - / - / 3

16 / - / - / 3

17 / - / - / 6

18 / - / - / 5. Servidos por Magistrados.

19 / - / - / 2

20 / - / - / 2

Total / 205

ANEXO IX

Juzgados de lo Social

Número

de Juzgados / Provincia

Andalucía

Almería / 3

Cádiz / 3

Jerez de la Frontera / 3 / Extienden su jurisdicción a los partidos judiciales números 2, 6, 7, 10 y 11.

Ceuta / 1 / Extiende su jurisdicción al partido judicial número 12.

Algeciras (Campo de Gibraltar) / 1 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 3, 5 y 8.

Córdoba / 4

Granada / 6

Huelva / 3

Jaén / 5

Málaga / 10

Melilla / 1 / Extiende su jurisdicción al partido judicial número 8.

Sevilla / 13

Total / 53

Cataluña

Barcelona / 36

Manresa / 1 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 2 y 3.

Girona / 3

Lleida / 2

Tarragona / 3

Total / 45

Comunidad

Valenciana

Alicante / 9

Elx / 2 / Extiende su jurisdicción al partido judicial número 8.

Castellón / 2

Valencia / 20

Total / 33

Galicia

La Coruña / 5

Ferrol / 2 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 3 y 9.

Santiago de Compostela / 2 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 2, 5, 10, 11, 12 y 13.

Lugo / 3

Orense / 3

Pontevedra / 3

Vigo / 6 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 1, 3, 6, 7, 10 y 11. /

Total / 24

País Vasco

Bilbao / 10

Donostia-San Sebastián / 5

Eibar / 1 / Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales números 3 y 4.

Vitoria-Gasteiz / 3

Total / 19

ANEXO X

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

N.º Juzgado

Vigilancia

Penitenciaria / N.º Juzgado

Penal

Ordinario / Comunidad

Autónoma

Andalucía / 2 / - / Con jurisdicción en la provincia de Cádiz.

2 / - / Con jurisdicción en las provincias de Sevilla, Huelva y Córdoba.

2 / - / Con jurisdicción en las provincias de Málaga, Granada, Jaén y Almería.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 18/11/1996
  • Fecha de publicación: 19/11/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 20/11/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con los arts. 1.1 y 2, fijando la efectividad de las plazas que se Relacionan: Orden de 20 de noviembre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-25883).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos V, VI, IX y X de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Demarcación judicial
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Juzgados de lo Social
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

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