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Documento BOE-A-1996-25711

Resolución de 29 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la addenda para 1996 al Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidas a mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 1996, páginas 35001 a 35002 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-25711

TEXTO ORIGINAL

Addenda para 1996 al Convenio suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 27 de febrero de 1991 («Boletín Oficial del Estado» número 98, de 24 de abril) para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidas a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha addenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de octubre de 1996.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO

Addenda 1996 al Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Madrid, 12 de julio de 1996.

SE REÚNEN

De una parte: Doña María Concepción Dancausa Treviño, Directora general del organismo autónomo Instituto de la Mujer, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrada por Real Decreto 1099/1996, de 17 de mayo, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995.

Y, de otra: Don Francisco Marqués Fernández, Consejero de Sanidad y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado por Decreto 20/1995, de 9 de octubre.

Ambas partes, en la representación que ostentan, tienen y se reconocen mutuamente capacidad legal para el otorgamiento de la presente addenda, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Que el Instituto de la Mujer y la Secretaría General de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres, el 27 de febrero de 1991 suscribieron un Convenio para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidas a las mujeres.

Por Decreto 8/1995, de 6 de julio, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Sanidad y Política Social asume cuantas competencias estaban atribuidas a la extinta Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. Por Decreto 92/1995, de 12 de julio, se establecen los órganos directivos de la Consejería de Sanidad y Política Social. La Dirección General de Política Social y Familia asumió, entre otras, las acciones dirigidas a la consecución de la igualdad real y efectiva del hombre y la mujer. Por consiguiente, corresponde a la Consejería de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Política Social y Familia, ejercer las atribuciones que el referido Decreto le tiene conferidas, para dar cumplimiento a los compromisos que se deriven del Convenio.

En base a lo referido anteriormente, ambas partes suscriben esta addenda conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Dentro del marco normativo regulado en el citado Convenio, y de acuerdo con su cláusula segunda, ambas administraciones llevarán a cabo conjuntamente el programa siguiente: Estancias de tiempo libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo, exclusivamente.

Este programa va dirigido a mujeres con hijas e hijos menores a su cargo, exclusivamente, en situación de precariedad económica y social, y se realizará durante la primera quincena del mes de septiembre de 1996, en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas e hijos.

Corresponderá al Instituto de la Mujer:

Dictar la Resolución de convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contratar los servicios de alojamiento, manutención y póliza de seguro.

Dictar Resolución de adjudicación a propuesta de la Consejería de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Política Social y Familia.

Corresponderá a la Consejería de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Política Social y Familia:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Contratar el transporte de traslado de las personas beneficiarias y de las monitoras.

Seleccionar a las beneficiarias, a través de la Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer.

El Instituto de la Mujer aportará hasta un máximo de 4.250.000 pesetas, de los cuales 4.174.758 pesetas se destinarán a gastos de alojamiento, manutención y póliza de seguro, mediante un contrato de servicios que formalizará el Instituto de la Mujer. El importe restante se destinará a cubrir los gastos de transporte que puedan surgir, si fuera necesario trasladar a las personas beneficiarias de sus hoteles al lugar de la celebración del acto de clausura.

La Consejería de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Política Social y Familia, contratará y correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias desde el lugar de procedencia al de destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, hasta un importe máximo de 2.200.000 pesetas. Se imputarán con cargo a las consignaciones presupuestarias asignadas a la Consejería de Sanidad y Política Social: 18.03.323B.227.06 «Estudios y Trabajos Técnicos», 2.000.000 de pesetas, y 18.03.323B.226.02 «Publicidad y Propaganda», 200.000 pesetas, de la Ley 13/1995, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Región de Murcia para 1996. Los gastos que sobrepasen esta cantidad por los mismos conceptos correrán a cargo de la Consejería de Sanidad y Política Social.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Los gastos de material y su traslado a los hoteles donde estén hospedadas se estiman que ascenderán a 145.998 pesetas, de las cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 27.998 pesetas, y la Consejería de Sanidad y Política Social aportará la cantidad de 118.000 pesetas, que se imputará con cargo a la partida 18.03.232B.226.02 «Publicidad y Propaganda», de la Ley 13/1995, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Región de Murcia para 1996. El Instituto de la Mujer contratará este servicio, y las cantidades que corresponde aportar serán abonadas directamente por cada organismo a la empresa suministradora.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer se imputarán con cargo a la aplicación 27.107.323B-226.10, del presupuesto de gastos del organismo para 1996.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga del programa, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Segunda.-El seguimiento de este programa, tal y como contempla la cláusula cuarta del Convenio vigente, lo realizará la Comisión de Seguimiento.

La Directora general del Instituto de la Mujer, María Concepción Dancausa Treviño.-El Consejero de Sanidad y Política Social, Francisco Marqués Fernández.

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