Por Ordenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 15 de julio y 29 de diciembre de 1993, de 28 de abril, 3 de junio, 26 de julio y 22 de diciembre de 1994 y acuerdo de la Comisión del Gobierno para Asuntos Económicos de 25 de marzo de 1993 se concedieron incentivos correspondientes a los expedientes que se relacionan en el anejo de la presente resolución.
Resultando que en las correspondientes resoluciones individuales, que en su día fueron debidamente aceptadas, se fijaba el plazo de un año para acreditar la disponibilidad de un capital suscrito y desembolsado y, en su caso, unas reservas que superasen una determinada cantidad, así como la realización de una parte de la inversión, y que habiendo transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado el cumplimiento de dichas condiciones, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma;
Vistos la Ley 50/1985, de 27 de diciembre; el artículo 28 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio; 302/1993, de 26 de febrero, y el 2315/1993, de 29 de diciembre; el apartado segundo, punto 5, de la Orden de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso,
Esta Dirección General resuelve: Declarar a los interesados en los citados expedientes decaídos en sus derechos, con la consiguiente pérdida de la subvención concedida, por no haber acreditado, dentro del plazo señalado, la disponibilidad de un capital suscrito y desembolsado y, en su caso, unas reservas que superen una determinada cantidad, así como la realización de una parte de la inversión.
Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación individual.
Madrid, 29 de diciembre de 1995.-La Directora general, Margarita González Liebmann.
ANEJO
Expediente / Empresa/localización
Zona de Promocionable de Aragón
Provincia de Teruel
TE/147/E50 / «Deico Decoración Industrial, S. L.».
Provincia de Zaragoza
Z/60/E50 / «Nova Línea Balneario, S. L.».
Zona de Promoción Económica de Castilla-La Mancha
Provincia de Albacete
AB/231/P03 / «Ibermosto, S. A.».
Provincia de Guadalajara
GU/119/P03 / «Win Carton, S. A.».
GU/122/P03 / «Innovaciones Plásticas, S. A.».
Zona de Promoción Económica de Galicia
Provincia de La Coruña
C/346/P05 / «Hotel Lagar, S. L.».
C/354/P05 / «Retsa II, S. A.».
C/355/P05 / «Barnizados Ancardo, S. L.».
C/357/P05 / «Cartón Noroeste, S. L.».
C/363/P05 / «Procodis Hortícola, S. Coop. Ltda.».
Provincia de Orense
OR/177/P05 / «Egatel, S. L.».
Provincia de Pontevedra
PO/473/P05 / «Emdeport, S. L.».
PO/480/P05 / «Inmobiliaria La Toja, S. A.».
PO/481/P05 / «Estampaciones Noroeste, S. A.».
PO/485/P05 / «Docasar, S. L.».
Zona de Promoción Económica de Castilla y León
Provincia de Burgos
BU/307/P07 / «TRW Repa España, S. A.».
Provincia de León
LE/283/P07 / «Suspirón, S. L.».
Provincia de Salamanca
SA/210/P07 / «Unión de Industriales de Ledrada, S. A.».
SA/213/P07 / «Nieto Martín, S. L.».
Zona de Promoción Económica de Andalucía
Provincia de Granada
GR/265/P08 / «Santiago Montilla, S. L.».
Provincia de Jaén
J/230/P08 / «Plásticos Costa del Sol, S. L.».
Provincia de Málaga
MA/206/P08 / «1, 2, 3, International Fast Food España, S. A.».
MA/225/P08 / «Compañía Andaluza de Cítricos, S. A.».
Zona de Promoción Económica de Extremadura
Provincia de Cáceres
CC/292/P11 / «Hotel Ruta de la Plata, S. L.».
CC/300/P11 / «Naturex, S. A.».
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