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Documento BOE-A-1996-2614

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Subsecretaría, por la que se convocan las ayudas para la formación, asistencia técnica y proyectos de desarrollo cultural en Iberoamérica, correspondientes al año 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1996, páginas 4261 a 4267 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-2614

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 16 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 17, del 19) establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la formación, asistencia técnica y proyectos de desarrollo cultural en Iberoamérica.

Procede, por consiguiente, convocar ayudas que se concederán en el año 1996.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el punto tercero de la Orden de 16 de enero de 1996, dispongo:

Primero. Objeto y condiciones.

Se convocan para 1996 las siguientes ayudas comprendidas en el punto primero de la Orden de 16 de enero de 1996:

a) Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas: Ayudas para el desplazamiento de técnicos y/o expertos españoles a asociaciones, fundaciones y organismos e instituciones culturales iberoamericanas que así lo soliciten, con el fin de asesorar y elaborar conjuntamente propuestas orgánicas y programáticas que mejoren el funcionamiento y los objetivos de dichas instituciones. La asistencia técnica podrá solicitarse asociada a proyectos de desarrollo cultural, cuando esté justificada su complementariedad.

b) Formación de profesionales de países iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura: Ayudas destinadas a la formación de recursos humanos para la cultura en el área iberoamericana mediante la asistencia a programas, estancias y cursos ofrecidos en España por organismos, instituciones o entidades culturales públicas o privadas.

c) Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos: Ayudas a asociaciones, fundaciones sin ánimo de lucro y organismos e instituciones de las Administraciones Públicas de los países iberoamericanos para proyectos de desarrollo cultural en Iberoamérica.

Segundo. Imputación presupuestaria.

Las ayudas convocadas se imputarán a los créditos disponibles en las aplicaciones presupuestarias 24.09.482 y 24.09.485 del programa 134B, del vigente Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura.

Tercero. Beneficiarios.

a) Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas: Asociaciones y fundaciones que estén legalmente constituidas conforme a la legislación de su país, así como organismos e instituciones de las Administraciones Públicas de ámbito central, regional o municipal de dichos países con competencia en la planificación y gestión de servicios y recursos culturales. En todo caso deberán prestar servicios culturales al ciudadano.

b) Formación de profesionales de países iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura: Personas físicas con nacionalidad de cualquiera de los países iberoamericanos que deseen ampliar su formación en organismos, instituciones o entidades españolas y que acrediten experiencia en elaboración o gestión de programas culturales desde organismos públicos; protección, restauración, conservación e investigación del patrimonio cultural, gestión editorial, gestión de museos, archivos, bibliotecas, exposiciones, artes plásticas, cinematografía, artes audiovisuales, y artes escénicas y de la música.

c) Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos: Asociaciones y fundaciones que estén legalmente constituidas conforme a la legislación de su país y acrediten una trayectoria en la promoción y organización de servicios culturales para el ciudadano, así como organismos e instituciones de las Administraciones Públicas de ámbito central, regional o municipal de dichos países con competencia en la planificación y gestión de servicios y recursos culturales.

Cuarto. Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que se publica como anexo I a la presente Resolución y se cumplimentarán enteramente a máquina o con letra de molde, deberán dirigirse al Subsecretario del Ministerio de Cultura. Podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, 1, 28071 Madrid), en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:

2.1 Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas: Documento anexo II cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

2.2 Formación de profesionales de países iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura:

a) Fotocopia del pasaporte o documento equivalente, acreditativo de la personalidad y nacionalidad.

b) Carta de presentación del organismo o entidad en que preste sus servicios, avalando su solicitud.

c) Documento anexo III cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

2.3 Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos: Documento anexo IV cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

3. Realizada la selección de solicitudes a que se refiere el punto sexto 2 de la presente Resolución y antes de que la Comisión de Estudio y Valoración formule la propuesta de concesión, se requerirá a los seleccionados para que presenten la siguiente documentación:

a) Para los solicitantes de ayudas de asistencia técnica y proyectos de desarrollo cultural: Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del organismo o entidad solicitante.

b) Para los solicitantes de ayudas para la formación de profesionales: Documentación acreditativa de los méritos alegados (títulos, certificados).

Quinto. Plazo de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, la Dirección General de Cooperación Cultural requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se les tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

Sexto. Instrucción del procedimiento.

1. La Comisión de Estudio y Valoración será el órgano competente para la instrucción del procedimiento.

2. La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, previa selección y propuesta de resolución que efectuará la Comisión de Estudio y Valoración que, en todo caso, evaluará las solicitudes teniendo en cuenta los siguientes criterios:

2.1 Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas:

a) Concreción del o los objetivos perseguidos con la asistencia.

b) Participación del solicitante en los costes de la actuación, mediante el compromiso expreso de hacerse cargo de los gastos de alojamiento y manutención del experto o expertos que se desplacen para llevar a cabo la asistencia técnica.

c) Contar con un cronograma tentativo para la asistencia, en el que queden reflejados los objetivos y se deduzca la probabilidad de su cumplimiento.

Las ayudas cubrirán los gastos derivados de los viajes de los expertos y/o técnicos, por el trayecto más corto, en la tarifa más económica y, en su caso, los honorarios correspondientes.

2.2 Formación de profesionales de países iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura:

a) Adecuación del perfil profesional al curso, estancia o programa propuesto.

b) Experiencia profesional acreditada, de acuerdo con lo establecido en el punto tercero b) de la presente Resolución.

c) Valoración de la aplicación de los conocimientos a adquirir para la organización en que preste sus servicios profesionales el solicitante.

El importe de estas ayudas se ajustará a los módulos económicos que se publican como anexo V a la presente Resolución. La Comisión de Estudio y Valoración realizará su propuesta teniendo en cuenta los criterios anteriores y la carestía de vida en los países de origen de las personas seleccionadas. Estas ayudas tienen el carácter de únicas, para todos los gastos que comporte la realización de la actividad formativa (viajes, alojamiento, manutención, etc.).

2.3 Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos.

2.3.1 Proyectos prioritarios:

a) Constitución o consolidación de recursos culturales básicos en poblaciones pequeñas y medianas, bibliotecas, museos y archivos.

b) Dotación de recursos complementarios a centros culturales ya existentes: Fondos bibliográficos, material audiovisual, etc.

c) Organización de cursos, seminarios, encuentros regionales sobre gestión y desarrollo cultural en zonas rurales y suburbanas.

d) Conservación del patrimonio cultural.

e) Difusión en medios audiovisuales de manifestaciones culturales.

2.3.2 Criterios de valoración:

a) Adecuación del proyecto a las prioridades de la convocatoria.

b) Participación económica de la institución solicitante.

c) Relación de la inversión/potenciales beneficiarios.

d) Experiencia de la institución solicitante en gestión y cooperación cultural.

El importe de estas ayudas no podrá exceder de 1.000.000 de pesetas.

Séptimo. Resolución.

1. La Resolución de concesión de las ayudas se dictará dentro del plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. La concesión de cada una de las ayudas que se convoquen en el punto primero de la presente Resolución se realizará conforme a lo dispuesto en el punto sexto de la Orden de 16 de enero de 1996.

Octavo. Pago y justificación de las subvenciones y ayudas.

1. El pago de estas ayudas se realizara a partir de la fecha de la orden de concesión.

2. La justificación de las ayudas se realizará de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo, 2, de la Orden de 16 de enero de 1996.

3. Para la justificación de la asistencia a cursos o realización de estancias será suficiente la certificación del Director del centro o institución responsable de la misma, que acredite la participación del beneficiario.

Noveno. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios, por el sólo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma y a cumplir las obligaciones que se establecen en el punto duodécimo de la Orden de 16 de enero de 1996.

El logotipo a que se refiere el apartado e) del mencionado punto duodécimo es el que se señala en el anexo VI, del cual se podrá solicitar un original a la Dirección General de Cooperación Cultural.

Asimismo se comprometen a aceptar por escrito la ayuda concedida dentro del plazo de quince días a partir de la recepción de la notificación de concesión. De no aceptarse la ayuda dentro de dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma, concediéndose al suplente o suplentes que figuren en primer lugar en la segunda relación a que se refiere el punto sexto, 3, de la Orden de 16 de enero de 1996.

Décimo. Régimen general de las ayudas.

Las ayudas que se convocan se ajustarán a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Cultura de 16 de enero de 1996 y en la presente Resolución, implicando la concurrencia a esta convocatoria la aceptación de dichas normas.

Undécimo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

(ANEXO I OMITIDO)

DORSO QUE SE CITA

Instrucciones

(*) La solicitud deberá cumplimentarse a máquina o con letra de molde en todos sus extremos.

(*) Los solicitantes de ayuda para la formación dejarán en blanco los apartados II.2 y III.3.

Señale con una cruz los documentos que adjunta de acuerdo con el punto cuarto, 2, de la Resolución

1. Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas:

i Documento anexo II cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

2. Formación de profesionales de países iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura:

i Fotocopia del pasaporte o documento equivalente, acreditativo de la personalidad y nacionalidad.

i Carta de presentación del organismmo o entidad en que preste sus servicios, avalando su solicitud.

i Documento anexo III cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

3. Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos:

i Documento anexo IV cumplimentado a máquina en todos sus extremos.

ANEXO II

Asistencia técnica a instituciones culturales iberoamericanas

1. Nombre de la entidad que solicita la asistencia :

2. Finalidad de la asistencia que se solicita:

3. Requisitos: Memoria de las actividades realizadas en los cinco últimos años:

4. Programa de la actividad para la que se solicita subvención:

4. a) Breve descripción de la asistencia solicitada:

4. b) Duración:

4. c) Perfil del experto o técnico solicitado:

4. d) Resultados previstos: 4. e) Presupuesto de gastos de la actividad para la que se solicita subvención:

Concepto / Pesetas

Alojamiento y manutención de los técnicos o expertos / / / / /

Total /

4. f) Subvenciones o ayudas solicitadas, con mención de aquellas efectivamente concedidas hasta la fecha, destinadas a la actividad para la que se solicita subvención:

Don/doña , representante legal de la entidad solicitante, declara que todos los datos obrantes en el presente anexo son veraces.

a de de 1996.

Firmado:

ILMO. SR. SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE CULTURA. MADRID. ESPAÑA.

ANEXO III

Formación de profesionales iberoamericanos en los distintos ámbitos relacionados con la cultura

1. Nombre del solicitante:

2. Datos de la institución para la que trabaja:

Denominación:

Domicilio:

Ciudad: CP (ZIP CODE):

País: Teléfono: Fax

3. Programa de formación en España para el que solicita la ayuda: 4. Requisitos:

4. a) Extracto del currículum vitae:

4. b) Centro donde se van a cursar los estudios o actividades formativas:

4. c) Fechas de inicio y terminación de los estudios o actividades formativas, para los que solicita ayuda:

4. d) Becas o ayudas solicitadas, con mención de aquellas efectivamente concedidas hasta la fecha, destinadas a la actividad para la que se solicita subvención: Don/doña , en su propio nombre y derecho, declara que todos los datos obrantes en el presente anexo son veraces.

a de de 1996.

Firmado:

ILMO. SR. SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE CULTURA. MADRID. ESPAÑA.

ANEXO IV

Proyectos de desarrollo cultural en los países iberoamericanos

1. Nombre de la entidad solicitante:

2. Actividad para la que se solicita subvención:

3. Requisitos: Memoria de las actividades realizadas en los cinco últimos años:

4. Proyecto para el que se solicita subvención:

4. a) Descripción del proyecto:

4. b) Encuadramiento cultural del proyecto:

i Recursos culturales básicos / i Programas artísticos / i Otros

i Microempresas socioculturales / i Animación sociocultural

i Divulgación y sensibilización programas culturales

4. c) Ambito de actuación:

i Nacional / i Barrio/Comunidad / i Fundación/ONG

i Regional / i Comarca rural / i Giras

i Municipal / i Empresarial

4. d) Duración:

4. e) Participantes:

4. f) Resultados previstos:

4. g) Presupuesto de gastos de la actividad para la que se solicita subvención:

Concepto / Pesetas / / / / /

Total /

4. h) Subvenciones o ayudas solicitadas, con mención de aquellas efectivamente concedidas hasta la fecha, destinadas a la actividad para la que se solicita subvención:

Don/doña , representante legal de la entidad solicitante, declara que todos los datos obrantes en el presente anexo son veraces.

a de de 1996.

Firmado:

ILMO. SR. SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE CULTURA. MADRID. ESPAÑA.

ANEXO V

Módulos para las ayudas en cursos y estancias

Duración / Importe-Pesetas

Quince días / 205.000

Un mes / 250.000

Dos meses / 350.000

Tres meses / 400.000

Seis meses / 600.000

(ANEXO VI OMITIDO)

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