De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 3.º de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la Sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (Logroño), en el recurso número 731/1995, interpuesto por don Félix Bernardo Aliende Benito, sobre exclusión de guardias de seguridad.
Madrid, 31 de octubre de 1996.-P. D., el Director general de Personal, Juan Antonio Lombo López.
Excmo. Sr. Teniente General jefe del Mando de Personal. Dirección de Gestión de Personal. Cuartel General del Ejercito.
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