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Documento BOE-A-1996-26315

Resolución de 29 de octubre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 2924/1994, interpuesto por la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 1996, páginas 35503 a 35503 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-26315

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 29 de julio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 2924/1994, interpuesto por la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 24 de junio de 1994, por las que se anuncia convocatoria pública para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada y entrando en el fondo, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre de la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado, contra Resolución de 24 de junio de 1994, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se anuncia convocatoria pública para provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución por ser conforme a Derecho, sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 29 de octubre de 1996.-El Director General, Jesús Bermejo Ramos.

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