Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 29 de junio de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 212/1994, promovido por «Exportadora Vinícola Valenciana, Sociedad Anónima», sobre retraso en el pago de ayudas comunitarias a la elaboración de zumo de uva; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Exportadora Vinícola Valenciana, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 25 de enero de 1994, que desestimó la petición indemnizatoria a que se contrae el presente recurso; la cual declaramos ajustada a derecho.
Sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 7 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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