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Documento BOE-A-1996-26478

Orden de 6 de noviembre de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 4/118/1991, promovido por «Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, Sociedad Anónima» (ASISA).

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 1996, páginas 35696 a 35696 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-26478

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 14 de junio de 1996 en el recurso contencioso-administrativo número 4/118/1991, en el que son partes, de una, como demandante, «Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, Sociedad Anónima» (ASISA), y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 18 de febrero de 1991, que estimó el recurso de alzada interpuesto por don Antonio Vázquez Cudeiro contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 13 de julio de 1990, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Asistencia Sanitaria Interprovincial, de Seguros, Sociedad Anónima" (ASISA), contra la Resolución impugnada del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas, por delegación del Ministro, de 18 de febrero de 1991, que reconoce el derecho de don Antonio Vázquez Cudeiro, a que, por la entidad ASISA, le sean reintegrados 2.075.209 pesetas, importe de los gastos por la asistencia sanitaria dispensada a su hijo beneficiario. Resolución que declaramos ajustada a Derecho. Sin expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 6 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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