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Documento BOE-A-1996-26486

Decreto 56/1996, de 24 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor del edificio denominado «Ermita de Nuestra Señora de la Asunción», en Coloca, Ayuntamiento de Pesaguero (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 1996, páginas 35698 a 35699 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-1996-26486

TEXTO ORIGINAL

La Consejería de Cultura, Educación, Juventud y Deporte, mediante Resolución del día 2 de abril de 1991, incoó expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor del edificio denominado «Ermita de Nuestra Señora de la Asunción», en Caloca, Ayuntamiento de Pesaguero (Cantabria).

La Consejería de Cultura y Deporte ha estimado que procede declarar bien de interés cultural a dicho inmueble, con la categoría de monumento. A tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, comunicándole que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre; del Estatuto de Autonomía para Cantabria, y en los artículos 6 y 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y vista la sentencia del Tribunal Constitucional de 31 de enero de 1991 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 25 de febrero), con previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria, en su reunión del día 20 de junio de 1996, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la denominada «Ermita de Nuestra Señora de la Asunción», en Caloca, Ayuntamiento de Pesaguero (Cantabria), y con los límites expresados en el artículo siguiente.

Artículo 2.

La zona afectada por la presente declaración es la que a continuación se describe:

La «Ermita de Nuestra Señora de la Asunción», está ubicada en Caloca, Ayuntamiento de Pesaguero (Cantabria). El entorno a proteger está definido por un círculo de 75 metros de radio, con el centro en la ermita.

La descripción complementaria del bien, al que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación, que obran en el expediente.

Disposición adicional.

Se faculta al Consejero de Cultura y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 24 de junio de 1996.-El Presidente del Consejo de Gobierno, José Joaquín Martínez Sieso.-El Consejero de Cultura y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

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