Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-26869

Resolución de 29 de octubre de 1996, del Departamento de Cultura, relativa a la incoación de expediente para la delimitación del entorno de protección del Palau de la música de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 1996, páginas 36061 a 36061 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-26869

TEXTO ORIGINAL

Considerando que por el Decreto de 25 de noviembre de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre) se declaró monumento histórico-artístico el Palau de la Música, en Barcelona;

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural, favorable a la incoación del expediente para la delimitación del entorno de protección de este monumento;

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán,

Resuelvo:

Primero.-Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del Palau de la Música, en Barcelona. El entorno de protección consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

Segundo.-Notificar esta resolución a los interesados, dar traslado de ella al Ayuntamiento de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudiquen los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente resolución.

Tercero.-Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el artículo 7.2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre, sobre la declaración de bienes de interés cultural y el inventario del patrimonio cultural mueble de Cataluña.

Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de todos los que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Barcelona, La Rambla, 130. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el expediente citado.

Cuarto.-Comunicar la presente resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional de Cataluña, para su anotación preventiva, y dar traslado de ella al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 29 de octubre de 1996.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid