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Documento BOE-A-1996-26889

Orden de 27 de noviembre de 1996 por la que se convoca concurso para provisión de destinos en el Ministerio Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 30 de noviembre de 1996, páginas 36099 a 36101 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-26889

TEXTO ORIGINAL

Se convoca concurso para provisión de los destinos en el Ministerio Fiscal que se relacionan a continuación:

I. Plazas servidas por Fiscales en situación de servicios especiales a cubrir por antigüedad según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

1. Plaza a proveer exclusivamente por Fiscales de la segunda categoría:

Fiscalía ante al Tribunal Constitucional: Una plaza de Fiscal.

2. Plazas a proveer por Fiscales de la segunda o tercera categorías:

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Fiscal.

3. Plazas a proveer por Fiscales de la tercera categoría

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Adscripción Permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado Fiscal.

II. Plazas vacantes a proveer por Fiscales de la tercera categoría creadas o reasignadas por Real Decreto 982/1992, de 31 de julio, y por Real Decreto 298/1996, de 23 de febrero

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de El Ejido de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Úbeda de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Adscripción Permanente de Cieza de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas de Abogado Fiscal.

III. Plaza vacante a proveer exclusivamente por Fiscales de la segunda categoría

Fiscalía ante al Tribunal Constitucional: Una plaza de Fiscal.

IV. Plazas vacantes a proveer por Fiscales de la segunda o tercera categoría

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Mahón de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Teniente Fiscal.

Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Adscripción Permanente de El Ferrol de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Orense: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Baracaldo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Fiscal.

V. Plazas vacantes a proveer por Fiscales de la tercera categoría

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Motril de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Adscripción Permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Arrecife de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tenerife: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Adscripción Permanente de Torrelavega de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ávila: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Palencia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Segovia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Badalona de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Terrassa de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Mondoñedo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Adscripción Permanente de Lorca de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Valenciana

Adscripción Permanente de Denia de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Baracaldo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Abogado Fiscal.

El concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas a la Ministra de Justicia, por conducto de su Jefe inmediato, se presentarán ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña en el anexo, los solicitantes consignarán:

a) Nombre, apellidos, categoría en la carrera, antigüedad, cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron nombrados y tomaron posesión de los mismos.

b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de prelación según sus preferencias.

c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.

Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran los requisitos establecidos para cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías donde estaban destinados mientras subsistan las causas que determinaron el traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos.

d) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.

Cuarta.-No podrán concursar a las plazas incluidas en los apartados III (plaza vacante a proveer exclusivamente por Fiscales de la segunda categoría), IV (plazas vacantes a proveer por Fiscales de la segunda o tercera categoría) y V (plazas vacantes a proveer por Fiscales de la tercera categoría) los miembros del Ministerio Fiscal que llevasen destinados menos de un año en plaza a la que hubiesen accedido voluntariamente.

Las plazas relacionadas en el apartado I, ofertadas según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no podrán ser solicitadas por Fiscales que se encuentren en situación de servicios especiales, salvo que, expresen en su instancia que de obtener la plaza se incorporarán, dentro del plazo posesorio, al destino obtenido y por tanto al servicio activo.

Quinta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal General del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de presentación de instancias, comunicarán al Fiscal General del Estado, telegráficamente, el número de instancias presentadas o el hecho de no haberse presentado ninguna.

Sexta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los nombramientos que procedan, a la que acompañará tanto las instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Séptima.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá directamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 50/1981.

Octava.-De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 298/1996, de 23 de febrero, por el que se establece la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, a los Abogados Fiscales reasignados en plazas relacionadas en el artículo 5.º del citado Real Decreto y que ejercitaron el derecho de opción a continuar en el destino que venían desempeñando, se les adjudicará de forma automática en la resolución del presente concurso, una plaza de las ofertadas en su Fiscalía, de idéntica categoría a la plaza reasignada que ocupaban, siempre que no fuese cubierta por otro peticionario con mayor antigüedad en el escalafón.

Novena.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.ª de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/l989, de 21 de abril, las plazas incluidas en el apartado IV (plazas vacantes a proveer por Fiscales de la segunda o tercera categoría) que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Madrid, 27 de Noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración de Justicia, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

ANEXO

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN CONCURSO

DE TRASLADOS DE LA CARRERA FISCAL

Apellidos /

Nombre / / DNI /

Fiscal /

Categoría

Antigüedad de / 19

personal

Ab. Fiscal /

Número de escalafón o, en su defecto,

número de promoción /

Destino actual

y

categoría de

la plaza / /

F. nombra.

F. posesión / 19 / 19

Solicito participar en el concurso convocado por Orden, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de, a las plazas que, por orden preferente, a continuación se relacionan:

Declaro que, caso de ser nombrado para cualesquiera de los destinos solicitados, no incurriré en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre.

(Fecha y firma)

EXCMA. SRA. MINISTRA DE JUSTICIA.

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