Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-27259

Orden de 8 de noviembre de 1996 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria «Sagrada Familia», de Escaldes-Engordany (Principado de Andorra).

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 4 de diciembre de 1996, páginas 36443 a 36443 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-27259

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña Mercé Caminal Maestre, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «Sagrada Familia», sito en calle Josep Viladomat, sin número, de Escaldes-Engordany (Principado de Andorra), según lo dispuesto en el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general,

Este Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria «Sagrada Familia», de Escaldes-Engordany (Principado de Andorra), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar que se describen a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Sagrada Familia».

Titular: Instituto de Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel.

Domicilio: Calle Josep Viladomat, sin número.

Localidad: Escaldes-Engordany.

País: Principado de Andorra.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Cuatro unidades y cien puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Sagrada Familia».

Titular: Instituto de Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel.

Domicilio: Calle Josep Viladomat, sin número.

Localidad: Escaldes-Engordany.

País: Principado de Andorra.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.

Capacidad: Seis unidades y ciento cincuenta puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Sagrada Familia».

Titular: Instituto de Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel.

Domicilio: Calle Josep Viladomat, sin número.

Localidad: Escaldes-Engordany.

País: Principado de Andorra.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: Cuatro unidades y ciento veinte puestos escolares.

Segundo.-La presente autorización surtirá efecto progresivamente, a medida que se vayan implantando las enseñanzas autorizadas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero.-1. Provisionalmente, hasta finalizar el curso escolar 1999-2000, con base en el número 4 del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, el Centro de Educación Infantil «Sagrada Familia» podrá funcionar con una capacidad de cuatro unidades de segundo ciclo y ciento cuarenta puestos escolares.

2. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el centro de Educación Secundaria podrá impartir el curso de octavo de Educación General Básica con una capacidad máxima de una unidad y cuarenta puestos escolares.

Cuarto.-Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Consejería de Educación del Principado de Andorra aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Quinto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.-Contra la presente Resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 8 de noviembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid