Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-27506

Orden de 14 de noviembre de 1996 por la que se modifica la de 28 de noviembre de 1991, que autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica «Escuela de Capacitación Agraria de Cogullada», de Zaragoza, especificando los ciclos formativos que el centro impartirá y autorizando la impartición de enseñanzas en doble turno.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 7 de diciembre de 1996, páginas 36707 a 36708 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-27506

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancias de la representación de la Caja de Ahorros de Zaragoza, Aragón y Rioja, en solicitud de modificación de la autorización del centro de Formación Profesional específica «Escuela de Capacitación Agraria de Cogullada», sito en el recinto del Monasterio de Cogullada, camino de Cogullada, 127, de Zaragoza, para especificar los ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Agrarias que desea impartir,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 28 de noviembre de 1991, por la que se autorizaba la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica «Escuela de Capacitación Agraria de Cogullada», especificando los ciclos formativos que el centro impartirá y autorizando la impartición de enseñanzas en doble turno. La configuración del centro será la siguiente:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional específica.

Denominación específica: «Escuela de Capacitación Agraria de Cogullada»

Domicilio: Recinto del Monasterio de Cogullada, camino de Cogullada, 127.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Titular: Caja de Ahorros de Zaragoza, Aragón y Rioja.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo formativo de grado medio de Explotaciones Agrícolas Intensivas.

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: 30.

Ciclo formativo de grao medio de Explotaciones Ganaderas:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: 30.

Ciclo formativo de grado superior de Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: 30.

Segundo.-Autorizar al centro de Formación Profesional específica «Escuela de Capacitación Agraria de Cogullada», para impartir, en doble turno, las enseñanzas indicadas en el apartado anterior. El centro no podrá sobrepasar en ninguno de los turnos la capacidad máxima fijada para el mismo, un grupo y 30 puestos escolares por cada uno de los ciclos.

Por tanto la capacidad máxima total será de tres grupos y 90 puestos escolares en cada uno de los turnos autorizados.

Tercero.-El centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento y profesorado que, previo informe de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, se comunicará al mismo.

Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de noviembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid