Visto el expediente sobre extinción de autorización por cese de actividades del centro homologado en el Área Técnico Práctica de la Rama Peluquería y Estética, Profesión Estética de Formación Profesional de primer grado «Academia de Estética Eugenia», sito en la calle Demetrio Herreros, 5, de Torrelavega (Cantabria); iniciado conforme a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Revocar la autorización, por cese de actividades, con efectos desde el inicio del próximo curso escolar 1997/1998, del centro homologado en el Área Técnico Práctica de la Rama Peluquería y Estética, Profesión Estética de Formación Profesional de primer grado «Academia de Estética Eugenia», sito en la calle Demetrio Herreros, 5, de Torrelavega (Cantabria).
Segundo.-La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 15 de noviembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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