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Documento BOE-A-1996-27598

Resolución de 30 de octubre de 1996, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se delegan determinadas competencias en materia de contratación en el Vicepresidente de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 1996, páginas 36804 a 36804 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-1996-27598
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/10/30/(3)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que en las Administraciones Públicas se podrá acordar la delegación del ejercicio de competencias atribuidas a sus órganos administrativos, en otros órganos.

La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas establece en su artículo 12 que los representantes legales de los organismos autónomos y demás entidades públicas estatales son los órganos de contratación de los mismos.

Asimismo, el artículo 18 de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores atribuye al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la representación legal de la misma, siendo por lo tanto el órgano de contratación de la entidad.

Resulta conveniente, por razones tanto técnicas como económicas, la delegación de las competencias en materia de contratación en el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Por todo ello, con el informe favorable del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, acuerdo:

Primero.-Se delegan en el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, todas las competencias atribuidas al órgano de contratación por la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación con los contratos que hayan de celebrarse por la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en los que la misma sea parte, siempre que su cuantía no excede de 10.000.000 de pesetas.

Segundo.-La delegación de competencias contenida en la presente Resolución, se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Presidente de la Comisión pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportuno.

Tercero.-Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición, deberá hacerse constar así, expresamente, en la resolución correspondiente.

Madrid, 30 de octubre de 1996.-El Presidente, Juan Fernández-Armesto Fernández-España.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/10/1996
  • Fecha de publicación: 09/12/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACION, modificando la delegación: Resolución de 24 de junio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-13351).
Referencias anteriores
Materias
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Delegación de atribuciones

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