La entidad Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado, en la Dirección General de Seguros Solicitud de autorización para operar en el ramo de Defensa jurídica.
De la documentación que adjunta la Entidad a la solicitud formulada se desprende que Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6, punto 3, de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto autorizar a la Entidad Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija para operar en el ramo de Defensa jurídica, número 17 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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