Contido non dispoñible en galego
Por Resolución de fecha 27 de septiembre de 1996, de esta Dirección General, se concedió la autorización administrativa previa establecida en el artículo 20.1 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, para la constitución de «Cajastur Pensiones, Sociedad Gestora de Fondos de Pensiones, Sociedad Anónima».
Habiéndose constituido en fecha 8 de octubre de 1996, conforme a la autorización previa otorgada, la referida entidad con domicilio social en Madrid, ha solicitado su inscripción en el Registro de Entidades Gestoras y Depositarias de Fondos de Pensiones, como entidad gestora, presentando la documentación prevista a tal efecto en el artículo 5.º, número 3.º, de la Orden de 7 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10);
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la expresada Ley y normas que la desarrollan, este centro directivo acuerda:
Proceder a la inscripción de «Cajastur Pensiones, Sociedad Gestora de Fondos de Pensiones, Sociedad Anónima», en el Registro establecido en el artículo 46.1.b) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre), como entidad gestora.
Madrid, 19 de noviembre de 1996.-El Director general, Antonio Fernández Toraño.
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