La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado una sentencia el 8 de julio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 844/1992, interpuesto por don Ramón Justo Suárez Nemiña, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que desestimó el recurso de alzada planteado por el interesado contra la Resolución del Inspector General del Servicio de Vigilancia Aduanera de 9 de junio de 1992, que le denegó su solicitud de abono de dietas de manutención de los embarques comprendidos entre el 10 de enero y el 31 de marzo de 1992.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ramón Justo Suárez Nemiña, contra silencio de la Dirección General de la Agencia Estatal Tributaria, Ministerio de Economía, a recurso alzada contra Resolución de Vigilancia Aduanera de 9 de junio de 1992, sobre solicitud de abono de dietas de manutención. Sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 7 de noviembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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