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Documento BOE-A-1996-28014

Resolución de 19 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza al Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones para la realización de los ensayos relativos a idoneidad de envases y embalajes para el transporte de ciertas clases de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 14 de diciembre de 1996, páginas 37247 a 37247 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-28014

TEXTO ORIGINAL

Vista al documentación presentada por don Pere Miró y Plans, en nombre y representación del Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones de la Generalidad de Cataluña, con domicilio social en carretera de acceso a UAB, Cerdanyola del Vallés, Bellaterra, 08290 Barcelona.

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria («Boletín Oficial del Estado» de 27 de julio); la disposición adicional quinta del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, y el anexo técnico correspondiente al certificado de acreditación número 9/LE 119 R1/95, referente a ensayos de idoneidad de envases y embalajes para el transporte de ciertas clases de mercancías peligrosas que obra en esta Dirección General.

Considerando que el citado laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Autorizar al Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones de la Generalidad de Cataluña en lo que afecte a la competencia de este Ministerio, para la realización de los ensayos relativos a idoneidad de envases y embalajes para el transporte de ciertas clases de mercancías peligrosas.

Segundo.-La autorización queda vinculada al plazo que establece la vigencia de la acreditación de ENAC. En caso de no renovarse o bien, si se produce una suspensión de dicha acreditación, se tendrá, obligatoriamente, que comunicar a esta Dirección General.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de noviembre de 1996.-La Directora general, Elisa Robles Fraga.

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