En el recurso contencioso administrativo número 6.323/1992, interpuesto ante al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por «Banco Meridional, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 25 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 7 de junio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso interpuesto por "Banco Meridional, Sociedad Anónima", y anulamos, por contraria a derecho, la resolución de 25 de junio de 1992 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que denegaba la solicitud de marca número 1.245.760, "BM Banco Regional Andaluz", y, en consecuencia, decretamos la concesión de la citada marca al recurrente. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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