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Documento BOE-A-1996-28235

Resolución de 29 de noviembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la convocatoria de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros docentes de grado medio, en diversos Estados de los Estados Unidos de America.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 1996, páginas 37601 a 37602 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-28235

TEXTO ORIGINAL

La creciente extensión del fenómeno multilingüe y la circunstancia de que el español sea la segunda lengua en importancia en varios Estados de los Estados Unidos han favorecido que las autoridades educativas norteamericanas prestasen una atención especial a la enseñanza de nuestro idioma.

Resultado de estas circunstancias han sido las conversaciones y el entendimiento finalmente alcanzado entre las autoridades norteamericanas y españolas, encaminado al establecimiento de un programa para el envío de Auxiliares de Conversación de lengua española a centros de enseñanza primaria y secundaria (High-School) en los Estados Unidos.

Por todo lo cual, esta Secretaría General Técnica ha resuelto hacer pública la convocatoria para seleccionar 12 Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros de enseñanza primaria y secundaria de los Estados Unidos.

La selección de los candidatos se efectuará de acuerdo con las siguientes normas:

I. Requisitos de los candidatos

Podrán formular solicitud quienes tengan la nacionalidad española, no hayan disfrutado anteriormente de una estancia como Auxiliar de Conversación en países de lengua inglesa y acrediten alguna de las siguientes condiciones:

a) Titulación de Licenciado en Filología Inglesa.

b) Titulación de Maestro, especialidad Lengua Extranjera: Inglés.

II. Requisitos de las solicitudes

1. Con independencia de que se participe también en la convocatoria de Auxiliares de Conversación en países de Europa, el interesado lo hará constar en la misma solicitud, de la que presentará tres ejemplares, en la que incluirá los Estados Unidos junto con los países de Europa que correspondan.

Dichas solicitudes se facilitarán gratuitamente en la Sección de Información, Iniciativas y Reclamaciones del Ministerio de Educación y Cultura, calle de Alcalá, 36, 28071 Madrid, y en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura, y Servicios de la Alta Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa.

2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carné.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite que el interesado posee la capacidad funcional que se requiere para desempeñar la actividad a realizar.

d) Certificación académica de estudios (original o fotocopia compulsada de la misma) en la que consten las calificaciones obtenidas en cada asignatura, con especificación expresa de que el titular de la certificación tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios de la titulación exigida y está en condiciones de obtener el título de Licenciado o Maestro.

e) Escrito redactado por el interesado en lengua inglesa explicando los motivos que le inducen a solicitar esta estancia.

f) Sólo para funcionarios públicos: compromiso de solicitud de servicios especiales [artículo 29, apartado 2, a), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública], caso de ser seleccionado como Auxiliar de Conversación.

g) Documentación acreditativa de los méritos que considere oportuno alegar, según se señala en la norma IV de esta convocatoria.

Además, en el apartado 9.2 del modelo de solicitud, el interesado ha de relacionar, numerándolos, todos los documentos que aporta para justificar los méritos que alega.

III. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en alguno de los siguientes lugares: Registro General del Ministerio de Educación y Cultura, calle de los Madrazo, 17; Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Cultura, en el paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, o en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura y Servicio de la Alta Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa. Igualmente podrán presentarse en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, podrán hacerlo en las Jefaturas Provinciales, Administraciones Postales, Oficinas Técnicas y Oficinas Auxiliares de tipo «A», y lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación completa es de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

IV. Selección

1. Los candidatos serán evaluados por una Comisión de valoración de méritos. Dicha Comisión estará presidida por un funcionario de carrera con destino en el Ministerio de Educación y Cultura designado por la Dirección General de Personal y Servicios, a propuesta de la Secretaría General Técnica. Formarán parte de la misma cuatro funcionarios de carrera, igualmente nombrados por la Dirección General de Personal y Servicios, a propuesta de la Secretaría General Técnica, que deberán pertenecer a cuerpos docentes. La Comisión evaluadora podrá recabar, en cualquier momento, la colaboración de expertos.

La evaluación de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los candidatos, se realizará teniendo en cuenta los que se indican a continuación, a los que se otorgará la puntuación que establezca la Comisión Evaluadora:

a) Méritos académicos: Expediente académico, otras titulaciones distintas a la alegada, grado de Doctor, etc.

b) Otros títulos y diplomas de idiomas legalmente reconocidos: Escuela Oficial de Idiomas, Cambridge Certificate of Proficiency in English, First Certificate in English, Test of English as a Foreign Language (TOELF), etc.

c) Experiencia docente previa. Los servicios prestados en la enseñanza pública se justificarán mediante hoja de servicios certificada por el Secretario del centro con el visto bueno del Director. Los servicios prestados en la enseñanza privada se justificarán mediante Certificado del Director del Centro con el visto bueno del Servicio de Inspección Técnica de Educación, haciendo constar la duración real de los servicios.

d) Otros méritos docentes: Certificado de Aptitud Pedagógica, Proyectos de innovación, actividades docentes en el centro, etc.

e) Cursos de formación y perfeccionamiento superados. Estos cursos deberán haber sido convocados por las Administraciones Educativas o Universidades y sólo serán tenidos en cuenta cuando estén relacionados con el idioma inglés.

f) Publicaciones, investigaciones y premios en exposiciones o concursos de ámbito nacional o internacional.

No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente, valorados, los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se justificaran fuera del plazo al que se refiere el apartado III de la convocatoria.

2. La selección de los candidatos, baremados en la forma arriba indicada, se realizará por la Subdirección General de Cooperación Internacional, siguiendo el orden de puntuación.

V. Resolución de la convocatoria y nombramiento

1. Los resultados del proceso de selección se publicarán mediante Resolución de esta Secretaria General Técnica, en el «Boletín Oficial del Estado» con especificación de la relación nominativa completa de los candidatos seleccionados y la de los que quedan en lista de espera.

2. No obstante, la posibilidad de disfrutar de la estancia como Auxiliar de Conversación en los Estados Unidos queda supeditada a la confirmación definitiva por las autoridades educativas de dicho país. Las citadas autoridades comunicarán directamente a los candidatos que resulten seleccionados de forma definitiva, los centros en los que ejercerán sus funciones.

VI. Aceptaciones y renuncias

1. Tras recibir la comunicación arriba indicada, con indicación del centro docente, los interesados comunicarán su aceptación a la autoridad del país en el que disfrutarán de su estancia. La no aceptación del centro por parte del interesado, no obliga a las autoridades citadas a ofrecerle otro diferente.

2. Igualmente, en el caso de imposible aceptación del centro adjudicado por parte del candidato definitivamente seleccionado, éste deberá remitir su escrito de renuncia a las autoridades del país de destino tan pronto como haya decidido dicha renuncia, a fin de evitar las consiguientes perturbaciones al centro que se le había adjudicado. El hecho de que el interesado omita esta comunicación, podrá ser tenido en cuenta, de forma negativa, en próximas convocatorias.

El escrito de renuncia se remitirá a través de la Consejería de Educación y Ciencia en los Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av. N.W., Washington D.C. 20037. Una copia de dicho escrito se enviará a la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta, 27071 Madrid.

VII. Régimen

1. Los Auxiliares de Conversación de Lengua española serán adscritos por las autoridades norteamericanas a un centro de enseñanza primaria o secundaria y deberán impartir, bajo la dirección del profesor titular, entre 16 y 20 horas semanales, de ejercicios de conversación, lectura, dictado, comprensión oral, composición oral y asistir en el uso del laboratorio de idiomas. El curso académico 1997-98 comprende desde el 15 de octubre de 1997 hasta el 30 de junio de 1998. No obstante han de trasladarse a los Estados Unidos el 1 de octubre para participar en un cursillo orientativo que tendrá lugar durante la primera semana del citado mes. Deberán mostrarse dispuestos, en su centro de destino, a participar en las actividades culturales de éste.

2. Los Auxiliares de Conversación percibirán, en concepto de ayuda, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.134B.481 de los Presupuestos Generales del Estado, la suma de 750 dólares mensuales durante el curso académico, a contar desde el comienzo de éste. Igualmente las autoridades educativas españolas asumirán los costes que asegure la correcta cobertura de los riesgos médicos sanitarios con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.134A, capítulo 2, de los Presupuestos Generales del Estado. El alojamiento, facilitado por las autoridades competentes norteamericanas, será gratuito en apartamentos o en familias y, en todo caso, con derecho a una habitación individual. Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de los candidatos seleccionados.

3. Los candidatos definitivamente seleccionados que sean funcionarios públicos deberán de gestionar individualmente su petición de los servicios especiales ante el órgano de gestión de personal correspondiente.

VIII. Retirada de documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la documentación presentada por los candidatos no seleccionados podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, 2.ª planta, 28071 Madrid, hasta el 30 de noviembre de 1997, directamente por los interesados o por persona autorizada.

Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Secretario, Juan Antonio Puigserver Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.

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