La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 17 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 501.600, en el que son partes, de una, como demandante, doña Josefina Janeiro Rodríguez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado de Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 23 de mayo de 1990, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 16 de octubre de 1989 sobre integración en el Cuerpo General Administrativo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en su propio nombre y derecho, por doña Josefina Janeiro Rodríguez contra Resolución de 23 de mayo de 1990 del Ministerio de Administraciones Públicas, a que la demanda se contrae, declaramos que la resolución impugnada es conforme a derecho; sin hacer expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 28 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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