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Documento BOE-A-1996-28329

Resolución de 18 de noviembre de 1996, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso promovido por la letrada doña María Blanco Moreno, en nombre y representación de de don Luis Enrique López-Figueredo Lechor.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 1996, páginas 37651 a 37652 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-28329

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1 a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia número 414/1992, de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de marzo de 1996, que es firme, recaída en el recurso número 459/1992, interpuesto por la Letrada doña María Blanco Moreno, en nombre y representación de don Luis Enrique López-Figueredo Lechor, con las Resoluciones de la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno de la UPM, de 13 de enero y 20 de mayo de 1992, por las que no se aprobó la propuesta en su favor de contratación como Profesor asociado a tiempo parcial elevada por la Comisión de Selección en el concurso de méritos, convocado por Resolución del Rector de 28 de junio de 1991, y se denegó, además, la reclamación de las retribuciones correspondiente al trabajo desempeñado como Profesor en la ETSI de Industriales durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1991 y diecisiete días de enero del año 1992, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Estimando el recurso contencioso-administrativo que nos ocupa, interpuesto por la representación procesal de don Luis Enrique López-Figueredo Lechor, contra las Resoluciones de la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno de la UPM de 13 de enero y 20 de mayo de 1992, por las que no se aprobó la propuesta en su favor de contratación como Profesor asociado a tiempo parcial elevada por la Comisión de Selección en el concurso de méritos convocado por Resolución del Rector de 28 de junio de 1991, y se denegó, además, la reclamación de las retribuciones correspondientes al trabajo desempeñado como Profesor de la ETSI de Industriales durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1991 y diecisiete días de enero del año 1992; y en consecuencia, debemos revocar y revocamos las dos Resoluciones por no ser adecuadas a derecho, y debemos sustituirlas por otra en la que se declara la obligación de la Junta de Gobierno de la UPM de aprobar la propuesta de la Comisión de Selección de contratar al recurrente como Profesor asociado en aquella convocatoria y debemos reconocer su derecho a percibir las retribuciones reclamadas por el trabajo ejercido como Profesor a tiempo parcial y cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia, condenando a la Universidad demandada a satisfacer al actor la indicada cantidad más los intereses resultantes de aplicar el artículo 45 de la Ley General Presupuestaria; sin hacer imposición en costas.»

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.

Madrid, 18 de noviembre de 1996.-El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.

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